Ley de nacionalidad de Surinam - Surinamese nationality law

La ley de nacionalidad de Surinam está regulada por la Constitución de 1987 , el Acuerdo de asignación de 1975 y la Ley de nacionalidad de Surinam de 2014. Está muy influenciado por la ley holandesa. Estos estatutos determinan quién es o puede ser ciudadano de Surinam . Los medios legales para adquirir la nacionalidad , la membresía formal en una nación, difieren de la relación de derechos y obligaciones entre un nacional y la nación, conocida como ciudadanía . La nacionalidad surinamés se obtiene típicamente bajo las reglas del jus sanguinis , es decir, el nacimiento de al menos uno de los padres con nacionalidad surinamés; o según el principio de jus soli , es decir, por nacimiento en Suriname. También se puede otorgar a un residente permanente que haya vivido en Surinam por un período de tiempo determinado o por decreto presidencial por naturalización.

Adquirir la nacionalidad surinamés

Los surinameses pueden adquirir la nacionalidad por nacimiento o naturalización. Una vez finalizada la adopción de un menor por los tribunales, el niño se convierte automáticamente en surinamés. Se prevé un procedimiento especial, conocido como "opción", para facilitar la adquisición de la nacionalidad a quienes hayan perdido su nacionalidad surinamés por matrimonio o renuncia.

Por derecho de nacimiento

  • Los nacidos, que sean legítimos o hayan sido formalmente legitimados , de al menos un padre surinamés.
  • Los nacidos dentro del territorio de Suriname, incluidos los expósitos de ascendencia desconocida, excepto los niños a los que se les haya concedido otra nacionalidad al nacer. Una excepción en la ley otorga la nacionalidad automática a quienes nacieron y tenían un domicilio establecido en Surinam en el momento de la independencia en 1975.
  • Aquellos que son adoptados como menores en una adopción internacional que se ajusta a los procedimientos establecidos, o los adoptados dentro del país, automáticamente se convierten en nacionales una vez finalizada la adopción.

Por naturalización

Hay tres categorías de naturalización en Surinam: general, interés estatal y opción.

Naturalización general

Los solicitantes deben pagar cuotas para naturalizarse y deben presentar evidencia de que si la naturalización produjo la doble nacionalidad, no está prohibida por la otra afiliación. El Departamento de Asuntos Extranjeros ( holandés : Vreemdelingenzake ) procesa las solicitudes de naturalización. Después de obtener una visa de admisión para una estadía de largo plazo aprobada, los solicitantes deben registrarse en el Registro Civil. La naturalización se concede mediante una ley legislativa. Los elegibles para la naturalización general incluyen:

  • Personas que hayan perdido previamente la nacionalidad surinamés;
  • Extranjeros que hayan establecido un domicilio de cinco años en Suriname; o
  • Personas que nacieron de padres apátridas o de nacionalidad desconocida.

Interés del estado

Quienes soliciten la naturalización en esta categoría están exentos de las tarifas de solicitud y los requisitos de residencia. Tienen vínculos con Surinam que son beneficiosos para la nación y deben demostrar que la naturalización se otorga típicamente por ley; sin embargo, en algunos casos, los solicitantes en esta categoría pueden ser aprobados por decreto presidencial. Para calificar para la naturalización por decreto presidencial, los solicitantes deben demostrar que son mayores de edad; domiciliada en Surinam; han renunciado o están dispuestos a renunciar a cualquier otra nacionalidad; y que no constituyen una amenaza para "el orden público, la moral y la salud, ni para la seguridad del Estado". Aquellos que son elegibles bajo decreto presidencial incluyen:

  • Una madre surinamés que desea obtener la nacionalidad para los hijos menores nacidos de un matrimonio anterior, de un padre fallecido, o de quien se desconoce el padre, que ha estado domiciliado en Surinam por un mínimo de un año;
  • Personas extranjeras o apátridas nacidas en Surinam;
  • Personas extranjeras o apátridas que anteriormente eran nacionales de Surinam;
  • Personas extranjeras o apátridas nacidas en el extranjero de al menos uno de los padres que era ciudadano de Suriname por nacimiento; o
  • Personas que residen en Surinam y están clasificadas como "Persona de origen surinamés" ( holandés : Persoon van Surinaamse Afkomst, PSA ), lo que significa que no tienen la nacionalidad surinamés pero al menos uno de sus padres o abuelos nació en Surinam.

Opción

Ciertas personas que no tengan o hayan perdido la nacionalidad surinamés pueden volver a adquirirla haciendo una declaración a las autoridades en los procesos descritos en la ley. Los elegibles para este proceso incluyen:

  • Las personas nacidas de residentes en Surinam en el momento de su nacimiento, que hayan residido durante al menos tres años antes de cumplir los dieciocho años, pueden elegir la nacionalidad surinamés mediante declaración dentro del año siguiente a los dieciocho años.
  • Las personas que perdieron la nacionalidad surinamés como resultado de acciones de sus padres o tutores legales cuando eran menores de edad, pueden repatriarse mediante declaración en el plazo de un año después de cumplir los dieciocho años.
  • Las personas que renunciaron a la nacionalidad surinamés al cumplir los dieciocho años, pero deseen repatriarse antes de cumplir los veintidós años, pueden elegir la nacionalidad surinamés mediante declaración.
  • Cónyuges extranjeros de ciudadanos de Surinam que: (1) estaban casados ​​con un nacional en el momento del matrimonio y en el momento de la declaración, y que habían estado casados ​​y establecido un domicilio durante un mínimo de dos años antes de la declaración; (2) que estaban casados ​​y habían vivido en Surinam durante al menos cinco años antes de la declaración; o (3) que tuvo descendencia con el nacional de Surinam antes de la declaración.
  • Un cónyuge que perdió la nacionalidad al contraer matrimonio con un extranjero puede recuperar la nacionalidad surinamés mediante una declaración tras la disolución del matrimonio.

Pérdida de la nacionalidad surinamés

La nacionalidad puede perderse por la adquisición voluntaria de otra nacionalidad, el servicio militar que no fue aprobado por el Presidente de Suriname , la falta de renuncia a la nacionalidad extranjera si se requiere para obtener la naturalización por decreto presidencial o la renuncia voluntaria.

Doble nacionalidad

La ley que crea la categoría "Persona de origen surinamés" y el debate sobre la doble nacionalidad para las personas que viven en el extranjero y son de origen surinamés han provocado un debate sobre la doble nacionalidad, pero hasta 2014 no se habían realizado cambios en este sentido a las leyes de migración.

Historia

Los comerciantes españoles, británicos y holandeses establecieron asentamientos temporales en el territorio que se conocería como Guayana Holandesa a finales del siglo XVI. La colonia británica de Surinam fue cedida a los holandeses en 1667 a cambio de Nueva Amsterdam . Fue administrado por los estados de Zelanda hasta 1682, cuando la administración pasó a la Compañía Holandesa de las Indias Occidentales . La Compañía vendió rápidamente un tercio a la ciudad de Ámsterdam y un tercio a Cornelis van Aerssen van Sommelsdijck , creando una propiedad llamada Sociedad de Surinam en 1683. La ley romano-holandesa sirvió como código legal de la colonia, y hubo ninguna ley civil nacional que defina los derechos y obligaciones de los habitantes. En 1809, el rey Luis Napoleón ordenó que los Países Bajos adoptaran una modificación del Código Civil de Francia , que fue reemplazado dos años más tarde por el Código francés. Los intentos de redactar un nuevo código, después de que los Países Bajos recuperaran la independencia en 1813, no tuvieron éxito hasta 1838. Según las variaciones del código civil, las mujeres casadas estaban legalmente incapacitadas, dependían de sus maridos y automáticamente derivaban la nacionalidad de sus maridos. El Código Civil de 1838 disponía que las personas nacidas en los Países Bajos o sus colonias fueran ciudadanos holandeses.

La Ley de Nacionalidad de 1850 hizo distinciones entre los que tenían derechos, diferenciando entre los nacidos en los Países Bajos o descendientes de ciudadanos holandeses, que tenían derechos políticos, y los que eran habitantes nativos de las colonias holandesas, que estaban excluidos de los derechos. En 1863 se abolió la esclavitud, pero la migración de trabajadores negros fuera de las plantaciones resultó en la importación de trabajadores contratados de la India británica y las Indias Orientales Holandesas , que continuó hasta la década de 1940. La Ley de ciudadanía y residencia holandesa ( holandés : Wet of het Nederlanderschap en het ingezetenschap ) fue redactada en 1892, que requería que a partir del 1 de julio de 1893 el lugar de nacimiento fuera irrelevante, ya que los que tenían derecho a la nacionalidad holandesa se derivaban de tener un padre holandés y ser legítimo o legitimado. Debido a la ley de 1892, Surinam no tenía un esquema de nacionalidad definido hasta 1927, cuando la Ley de 1910 que había sido proscrita para las Indias Orientales Holandesas se extendió a las demás colonias holandesas. Bajo este régimen, las personas que residen en las colonias holandesas recibieron un estatus conocido como "Sujeto holandés, nacional no holandés".

En 1951, el plan "Sujeto holandés, nacional no holandés" fue derogado en Surinam y se implementaron las disposiciones de la Ley de 1892 sobre ciudadanía y residencia holandesas. Retroactivamente desde 1949, de acuerdo con el Acuerdo de Asignación, la ley de 1951 restauró la nacionalidad holandesa a la mayoría de los surinameses. El artículo 5 de la ley de 1892 requería que las mujeres casadas derivaran su nacionalidad de sus maridos. Lo que significa que las mujeres extranjeras que se casaron con ciudadanos holandeses obtuvieron la nacionalidad holandesa, mientras que las mujeres holandesas que se casaron con extranjeros perdieron la nacionalidad holandesa. La ley se modificó en 1936 para disponer que si una mujer holandesa se convertía en apátrida por matrimonio, porque el país de su marido no otorgaba automáticamente la nacionalidad al contraer matrimonio, podría conservar su nacionalidad holandesa. Las mujeres cuya nacionalidad se ha visto afectada por el matrimonio pueden recuperar su nacionalidad original solo cuando el matrimonio se ha terminado, declarando que desean restaurar o renunciar a la nacionalidad de su marido a las autoridades competentes en el plazo de un año a partir de la disolución del matrimonio. En 1954, el gobierno holandés autorizó la naturalización de los indonesios que vivían en Surinam.

En 1964, se revisó la Ley de nacionalidad holandesa para cumplir con los términos de la Convención sobre la nacionalidad de las mujeres casadas , otorgando a las mujeres la nacionalidad individual. Durante el período de un año después de la aprobación de la ley revisada, las mujeres que anteriormente habían perdido su nacionalidad por matrimonio podían repatriarse haciendo una declaración a las autoridades. Otra disposición del cambio de la ley significaba que la naturalización de un hombre ya no resultaba automáticamente en un cambio de nacionalidad de su esposa. En 1972, se nombró una comisión para determinar los requisitos de nacionalidad antes de la independencia propuesta para Suriname. El esquema definía a quienes tenían derecho a la nacionalidad surinamés como ciudadanos holandeses mayores de 18 años que habían nacido en Surinam y residían allí en el momento de la independencia; que tenía un padre surinamés, o en el caso de que la paternidad no estuviera probada, una madre surinamés; que nacieron en el extranjero de padre surinamés, o en el caso de un hijo no legitimado de madre surinamés, pero que residían en el territorio en el momento de la independencia; o extranjeros que residen en Surinam en el momento de la independencia.

En 1975, Surinam se independizó de los Países Bajos y adoptó sus propios criterios de nacionalidad consagrados en la Ley de nacionalidad y residencia de Surinam ( holandés : Wet van 24 de noviembre de 1975 tot regeling van het Surinamerschap en het Ingezetenschap ) De conformidad con los términos de la ley y su implementación acuerdo, el artículo 3 disponía que los ciudadanos holandeses nacidos en Surinam y que residían en Surinam en el momento de la independencia eran surinameses y habían perdido su nacionalidad holandesa. Otros ciudadanos holandeses que vivían en Surinam tenían la opción de obtener la nacionalidad surinamés si vivían en Surinam en el momento de la independencia y expresaron su deseo de convertirse en nacionales. Según un fallo del Tribunal Superior de Justicia de Surinam ese año, las personas nacidas en Surinam, pero que vivían en el extranjero en el momento de la independencia, conservaban la nacionalidad holandesa. Los hijos menores en el momento de la independencia obtenían la nacionalidad de sus padres a menos que su paternidad estuviera legalmente indeterminada, en cuyo caso su nacionalidad se derivaba de su madre. En 1980, una enmienda a la Ley de Nacionalidad permitió procedimientos de naturalización para aquellos de origen surinamés que no fueran nacionales.

En 2014, se adoptó una amplia revisión de la Ley de Nacionalidad para abordar la falta de igualdad de género en la transferencia de la nacionalidad a los niños, la regulación de la doble ciudadanía, la falta de procesos para prevenir la apatridia y una política para regular la repatriación. El proyecto de ley, adoptado el 10 de julio, disponía que mientras uno de los padres de un niño fuera surinamés en el momento del nacimiento del niño, el niño tenía la nacionalidad surinamés. También facilitó los procesos de doble ciudadanía, permitió el reconocimiento de nacimiento en Surinam para otorgar la nacionalidad si el niño se convertiría de otra manera en apátrida, y permitió que los maridos de las esposas surinameses obtuvieran su nacionalidad.

Notas

Referencias

Citas

Bibliografía