Ad quod damnum -Ad quod damnum

Ad quod damnum o ad damnum es una frase latina que significa "según el daño" o "apropiado para el daño". Se utiliza en el derecho de responsabilidad civil como medida del daño infligido, y la implicación de un remedio , si existe, debe corresponder específica y únicamente al daño sufrido. También se utiliza en el alegato, como la declaración de la pérdida de dinero del demandante o los daños reclamados. Unacláusula ad damnum también se denomina a veces "oración pidiendo alivio".

Varios estados de EE . UU. Prohíben a los demandantes exigir una cantidad específica de dinero en la sección ad damnum de una queja que inicie una acción civil por lesiones personales o muerte por negligencia . Esto es para evitar que los abogados poco éticos obtengan publicidad indebida para sus casos (y pisoteen los derechos al debido proceso de los acusados) al exigir cantidades escandalosas que posiblemente no puedan probar en el juicio. Esta es la razón por la que tales quejas simplemente exigen montos "superiores a $ [X]" (donde X es el monto mínimo en controversia necesario para ingresar al tribunal de primera instancia de la jurisdicción general), "pérdida pecuniaria" o "daños monetarios en una cantidad según la prueba ". Por supuesto, en algún momento el acusado necesita tener una idea de la cantidad de dinero que realmente quiere el demandante, por lo que el acusado generalmente puede entregar interrogatorios dirigidos a ese tema o una solicitud formal de una declaración de daños como parte del proceso de descubrimiento .

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Referencias