Trato nacional - National treatment

El trato nacional es un principio del derecho internacional . Utilizado en muchos regímenes de tratados que involucran el comercio y la propiedad intelectual, requiere un trato igual para extranjeros y locales. Bajo el trato nacional, un estado que otorga derechos, beneficios o privilegios particulares a sus propios ciudadanos también debe otorgar esas ventajas a los ciudadanos de otros estados mientras se encuentran en ese país. En el contexto de los acuerdos internacionales , un estado debe brindar un trato igual a los ciudadanos de los otros estados que participan en el acuerdo. Los bienes importados y los producidos localmente deben recibir el mismo trato, al menos después de que los bienes extranjeros hayan ingresado al mercado.

Si bien esto se considera generalmente un principio deseable, en la costumbre significa a la inversa que un estado puede privar a los extranjeros de cualquier cosa de lo que priva a sus propios ciudadanos. Un principio opuesto exige un estándar mínimo internacional de justicia (una especie de debido proceso básico ) que proporcionaría una base para la protección de los derechos y el acceso al proceso judicial. El conflicto entre el trato nacional y las normas mínimas se ha desarrollado principalmente entre países industrializados y en desarrollo , en el contexto de expropiaciones . Muchas naciones en desarrollo, que tienen el poder de tomar el control de la propiedad de sus propios ciudadanos, también desean ejercerlo sobre la propiedad de los extranjeros.

Aunque el apoyo al trato nacional se expresó en varias resoluciones controvertidas (y jurídicamente no vinculantes) de la Asamblea General de las Naciones Unidas , la cuestión de las expropiaciones se maneja casi universalmente a través de tratados con otros estados y contratos con entidades privadas, en lugar de depender de la costumbre internacional.

El trato nacional solo se aplica una vez que un producto, servicio o artículo de propiedad intelectual ha entrado en el mercado. Por lo tanto, cobrar derechos de aduana sobre una importación no es una violación del trato nacional, incluso si los productos producidos localmente no pagan un impuesto equivalente.

Hay pruebas de que no se está respetando el principio del trato nacional, al menos en lo que respecta a la propiedad intelectual. Sin embargo, algunos mecanismos como los ADPIC parecen reducir los prejuicios contra los extranjeros. Además, la aparente discriminación contra los extranjeros puede ser el resultado de un impacto dispar de la legislación local sobre los extranjeros ("discriminación involuntaria") en lugar de un trato desigual ("discriminación intencional").

GATT / OMC

El trato nacional es parte integral de muchos acuerdos de la Organización Mundial del Comercio . Junto con el principio de nación más favorecida , el trato nacional es una de las piedras angulares del derecho comercial de la OMC. Se encuentra en los 3 principales acuerdos de la OMC (GATT, GATS y ADPIC).

El trato nacional es un principio básico del GATT / OMC que prohíbe la discriminación entre bienes importados y producidos en el país con respecto a los impuestos internos u otras regulaciones gubernamentales. El principio de trato nacional está formulado en el artículo 3 del GATT de 1947 (e incorporado por referencia en el GATT de 1994); Artículo 17 del Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (AGCS); y en el artículo 3 del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC). El objetivo de esta regla comercial es evitar que los impuestos internos u otras regulaciones se utilicen como sustituto de la protección arancelaria.

Un buen resumen se encuentra en Japan-Alcohol que dice; "[una] obligación de trato nacional es una prohibición general del uso de impuestos internos y otras medidas reglamentarias internas para proteger la producción nacional".

Ver también

Referencias