Multiplepoinding - Multiplepoinding

Multiplepoinding , (pronunciado como si se deletreara multiple · pinnding ) en la ley escocesa , el término técnico para una forma de acción mediante la cual se determinan los reclamos en conflicto sobre el mismo fondo o propiedad.

La acción la interpone el titular o un reclamante en su nombre. Se ordena a todos los que tengan reclamaciones sobre el fondo o la propiedad en cuestión que se presenten y entreguen sus reclamaciones; el tribunal entonces los prefiere de acuerdo con sus respectivos derechos, y el tenedor del fondo o propiedad en disputa sobre el pago o la entrega queda absuelto de cualquier otra reclamación al respecto. Corresponde al proceso de interpleader en derecho inglés .

La propiedad o el dinero en poder del perseguidor en tal acción se denomina fondo "in medio", porque está, o puede estar, sujeto a las reclamaciones de todos los demandantes, y hasta ahora no pertenece a ninguno de ellos. Por tanto, es común a todos ellos y constituye el centro o la sustancia del litigio. (Ver Máximas latinas de Trayner, bajo "In Medio")

Multiplicación significa literalmente doble diligencia . Poinding es en la ley escocesa una diligencia por la cual la propiedad de un deudor se lleva directamente a un acreedor.

 Este artículo incorpora texto de una publicación que ahora es de dominio públicoChisholm, Hugh, ed. (1911). " Multiplepoinding ". Encyclopædia Britannica . 18 (11ª ed.). Prensa de la Universidad de Cambridge. pag. 966a.