Entrevistador - Interpleader

El interpleader es un dispositivo de procedimiento civil que permite a un demandante o acusado iniciar una demanda para obligar a dos o más partes a litigar una disputa. Una acción de interpelación se origina cuando el demandante tiene una propiedad en nombre de otro, pero no sabe a quién debe transferirse la propiedad. A menudo se utiliza para resolver disputas que surgen de contratos de seguro .

Terminología y descripción general

En una acción de interdemandante, la parte que inicia el litigio, normalmente el demandante, se denomina parte interesada . El dinero u otra propiedad en controversia se llama res ( palabra latina que significa objeto o cosa). Todos los acusados ​​que tengan un posible interés en el tema del caso se denominan demandantes . En algunas jurisdicciones, se hace referencia al demandante como demandante interdemandante y cada demandante como demandante interdemandante .

Un procedimiento de interposición de documentos consta de dos etapas. La primera etapa determina si el interesado tiene derecho a una interposición y si debe ser eximido de responsabilidad. La segunda etapa es como una acción legal para determinar cuál de los demandantes tiene derecho a la res.

Solicitud

Suponga que una persona muere con una póliza de seguro de vida válida . La compañía de seguros está lista, dispuesta y en condiciones de pagar las ganancias de la póliza en porcentajes específicos a los beneficiarios nombrados según lo indique el último titular de la póliza, pero se da cuenta de una disputa entre ellos y / o terceros en cuanto a quiénes son los beneficiarios adecuados o el distribución adecuada de los ingresos entre los beneficiarios. Una disputa de este tipo surge comúnmente de fricciones interpersonales entre los sobrevivientes del asegurado. Una situación específica que se ve comúnmente en los casos denunciados es cuando el titular de la póliza fue presuntamente asesinado por un beneficiario (lo que descalificaría a ese beneficiario de recibir cualquier producto).

Para resolver tal disputa, la compañía de seguros puede presentar una acción de interposición. La compañía de seguros es la parte interesada, los reclamantes son las personas que podrían ser beneficiarias de la póliza y el valor en efectivo del beneficio de la póliza es el res . Según el procedimiento, tal como se desarrolló originalmente, la parte interesada depositaría la resolución ante el tribunal, y luego los demandados tendrían sus reclamos adjudicados por el tribunal. Las modificaciones estatutarias al procedimiento, que varían según la jurisdicción, a veces permiten que la parte interesada retenga la resolución en espera de la disposición final del caso. Por lo general, una vez que la parte interesada deposita la res en el tribunal (por ejemplo, el valor nominal de la póliza de seguro), la parte interesada se libera de la acción y los demandantes proceden entre sí para determinar cuál de ellos tiene derecho legal a la res . Un interesado desinteresado tiene derecho a los costos, incluidos los honorarios de los abogados . Excepto por las denominaciones de las partes, la acción procede en su mayor parte como otros juicios civiles en la misma jurisdicción.

En algunas jurisdicciones, las res devengarán intereses a la tasa legal hasta su desembolso. El reclamante exitoso tiene derecho a los intereses y al capital.

Historia

Orígenes del derecho consuetudinario y la equidad

El interpleader tuvo sus orígenes como un procedimiento civil de derecho consuetudinario , que luego fue adoptado y ampliado por el Tribunal de Cancillería en su jurisprudencia equitativa . El procedimiento de derecho consuetudinario se volvió obsoleto con el tiempo y cayó en desuso, pero permaneció activo en los tribunales de equidad.

Originalmente se aplicaba a los depositarios sujetos a múltiples acciones de detención , y se requería privacidad entre las partes o en suspensión, para que el acusado pudiera demandar por el embargo .

Por el contrario, el proyecto de ley equitativo de la interposición exigía que:

  1. Lo mismo, deuda o deber debe ser la res reclamada por todos los reclamantes;
  2. Todos los títulos o reclamos adversos deben ser dependientes o derivados de una fuente común;
  3. El interesado no debe tener ni reclamar ningún interés en la resolución .
  4. El interesado no debe haber incurrido en ninguna responsabilidad independiente frente a ningún reclamante, es decir, debe ser perfectamente indiferente entre ellos.

Desarrollo posterior en Inglaterra y Gales

En 1831, el Parlamento aprobó la Ley de interpleader de 1831 que autorizaba a presentar un proyecto de ley de interpleader en los tribunales de derecho consuetudinario (como el Tribunal de Pleas Comunes ) por:

  • no reclamar ningún interés en el tema del asunto de la demanda, pero el derecho a ellos se reclama o se supone que pertenece a un tercero que ha demandado o espera demandar por el objeto de la demanda;
  • no ha coludido en ningún asunto con dicho tercero
  • está listo para llevar a la corte o pagar o deponer el objeto de la acción de la manera que indique la corte.

La interposición legal se extendió por la Ley de procedimiento de derecho común de 1860 , que permitía a un acusado intercalar a los demandantes incluso si el título de los demandantes de la res no tiene un origen común, sino que son adversos e independientes entre sí.

Las reglas estatutarias que gobiernan los procedimientos de las partes interpuestas fueron reemplazadas por reglas de la corte que entraron en vigor con la aprobación de la Ley de la Corte Suprema de la Judicatura de 1873 (modificada por la Ley de la Corte Suprema de la Judicatura de 1875), que pasó a ser conocida como Orden 17 de la Reglamento de la Corte Suprema . Una disposición similar fue promulgada en las Reglas de la Corte del Condado , conocida como Orden 33 en las Reglas de 1981.

Circunstancias en las que se podría entablar un procedimiento de demandante (1873-2014)
En el Tribunal Superior (Orden 17) En el Tribunal del Condado (Orden 33)
  • una persona tiene una responsabilidad con respecto a una deuda o con respecto a cualquier dinero, bienes o bienes muebles y es, o espera ser, demandado por o con respecto a esa deuda o dinero o esos bienes o bienes muebles por dos o más personas hacer reclamaciones adversas a los mismos; o
  • un alguacil o una persona que se espera que sea demandada por dos o más personas como reclamos de dinero, bienes o bienes muebles tomados o destinados a ser tomados por un alguacil en ejecución bajo cualquier proceso, o al producto o valor de dichos bienes o bienes muebles, por persona distinta de la persona contra quien se emite el proceso,
  • una persona está haciendo un reclamo o con respecto a bienes incautados en ejecución del Tribunal del Condado o el producto o el valor de los mismos
  • una persona tiene una responsabilidad con respecto a una deuda o cualquier dinero o bienes y es, o espera ser, demandada por o con respecto a la deuda, dinero o bienes por dos o más personas que hacen reclamaciones adversas a los mismos.

En los casos en que una persona estaba sujeta a múltiples reclamaciones, el solicitante tenía que demostrar que:

  • no reclamó ningún interés en el tema en disputa más que por cargos o costos ;
  • no se coludió con ninguno de los reclamantes en ese tema; y
  • estaba dispuesto a pagar o transferir ese asunto a un tribunal o disponer de él según lo ordenara el tribunal.

Como resultado de la entrada en vigor de la Parte 3 y el Anexo 12 de la Ley de Tribunales, Tribunales y Ejecución de 2007 el 6 de abril de 2014, la Orden 17 y la Orden 33 fueron reemplazadas por las nuevas Partes 83 a 86 de las Reglas de Procedimiento Civil . Esto reemplazó a los procedimientos de los interpectores que anteriormente se regían por las normas judiciales por el procedimiento de "ejecución mediante la toma de control de las mercancías" en virtud de las regulaciones recientemente aprobadas. En adiciones. 65 de la Ley de 2007 declaró:

(1) Este Capítulo reemplaza las reglas del derecho consuetudinario sobre el ejercicio de las facultades que, en virtud de él, se convierten en facultades para utilizar el procedimiento del Anexo 12.

(2) Las reglas reemplazadas incluyen:

(a) reglas que distingan entre un ejercicio ilegal, irregular y excesivo de un poder;
(b) reglas que permitirían a una persona entablar un procedimiento del tipo que prevé el párrafo 66 del Anexo 12 (recursos disponibles para el deudor);
(c) reglas de reposición ;
(d) reglas sobre el rescate de bienes.

Los procedimientos están vigentes para reclamos cuando:

(a) una persona presenta una solicitud ante el tribunal alegando que los bienes cuyo control se ha tomado pertenecen a esa persona y no al deudor;
(b) una persona presenta una solicitud ante el tribunal alegando que los bienes, el dinero o los bienes muebles tomados o destinados a ser tomados en virtud de una orden de ejecución o el producto o el valor de dichos bienes o bienes muebles pertenecen a esa persona y no al deudor; y
(c) un deudor, cuyos bienes han sido sometidos a un poder de ejecución en virtud de una promulgación, orden judicial o orden de control o han sido tomados o están destinados a ser tomados en virtud de un mandato de ejecución, afirma que dichos bienes o cualquiera de ellos son bienes exentos.

Las enmiendas de 2014 han demostrado ser problemáticas, ya que ahora no cubren una situación en la que:

  • un tercero ha notificado que cree que tiene derecho a los bienes de conformidad con la Regla 85.4 (1),
  • el acreedor da debidamente una contranotificación de conformidad con la Regla 85.4 (3), pero
  • el tercero luego no inicia la solicitud ante el tribunal que se requiere en virtud de la Regla 85.5, y
  • las disposiciones de la Regla 85.5 no imponen ningún límite de tiempo en el que el acreedor u otra parte que reclame un interés deba presentar la solicitud en virtud de esa Regla.

En febrero de 2018, varios funcionarios encargados de hacer cumplir la ley del Tribunal Supremo solicitaron instrucciones a la División de la Sala de la Reina sobre cómo proceder en tales circunstancias, y el Capitán dictaminó que la derogación de la Regla 17 tuvo el efecto de revivir la forma equitativa de los procedimientos de interposición de documentos, ya que el 2007 La ley no abolió expresamente la acción de las partes interesadas en sí, y "los estatutos de las partes interesadas no deben limitar o afectar en absoluto la jurisdicción equitativa de la corte para considerar una demanda o acción de parte de las partes".

En los Estados Unidos

Anteriormente, un demandante tenía que desautorizar cualquier reclamo de la res para poder acogerse al recurso de interpleader, pero este requisito también se ha relajado o abolido en la mayoría de las jurisdicciones al existir un proyecto de ley en la naturaleza de interpleader en lugar de un proyecto de ley estricto de interpleader. . Un demandante ahora puede argumentar que ninguno de los demandantes tiene derecho a la propiedad en cuestión. Por ejemplo, una persona muere con una póliza de seguro de vida que excluye la cobertura por suicidio. Dos personas se presentan alegando ser el beneficiario mencionado en la póliza. La compañía de seguros cree que el fallecido se suicidó, pero los reclamantes creen que la muerte fue por accidente. La compañía de seguros podría interpelar a los dos reclamantes y denegar simultáneamente las reclamaciones.

La Corte Suprema de los Estados Unidos dictaminó en New York Life v. Dunlevy 241 U.S. 518 , que para que un demandante esté obligado por un interlocutor a esa parte se le debe notificar el proceso de una manera que obtenga jurisdicción personal . En 1922, la Corte Suprema de los Estados Unidos en Liberty Oil Co. v. Condon Nat. Bank 260 U.S. 235 sostuvo que un interpelador defensivo en una acción legal en un tribunal federal podría tomarse bajo la sección 274b del Código Judicial agregada por 38  Stat.   956 que autorizó la interposición de defensas equitativas en las acciones judiciales.

La Ley Federal de Accionistas de 1917 39  Stat.   929 fue promulgada por el 64º Congreso de los Estados Unidos aprobado el 22 de febrero de 1917 para superar el problema con un interpleader cuando los demandantes viven en diferentes estados planteados en New York Life v. Dunlevy. La Ley Federal de Accionistas de 1917 permitía a una compañía de seguros , o sociedad de beneficio fraternal sujeta a múltiples reclamos sobre la misma póliza, presentar una demanda en equidad mediante un proyecto de ley de acusaciones en los Tribunales de Distrito de los Estados Unidos y brindar un servicio de proceso a nivel nacional . La póliza debe tener un valor de al menos $ 500 reclamados o puede ser reclamada por reclamantes adversos; que es menor que la cantidad en controversia de $ 3,000 en el Código Judicial §48 (1) que se requiere para la jurisdicción de diversidad general y dos o más de los beneficiarios deben vivir en diferentes estados. En 1926 fue derogado y reemplazado por 44  Stat.   416 aprobado el 8 de mayo de 1926, que sumado a los que pueden entablar una demanda, la compañía de siniestros y la compañía de fianza , faculta al tribunal para prohibir al demandante proceder en cualquier tribunal estatal u otro tribunal federal sobre la misma responsabilidad, agregando disposiciones sobre el lugar adecuado para el juicio. interpleader en ciertos casos, pero requirió que debe haber reclamos reales eliminando las palabras "puede reclamar" que estaban en la ley de 1917. En 1936, la Ley Federal de Interpelación fue nuevamente derogada y reemplazada por la Ley Federal de Interpelación de 1936 , 49  Stat.   1096 , aprobada el 20 de enero de 1936, redactada por Zechariah Chafee, que lo codificó como Código Judicial de los Estados Unidos §41 (26), y estableció el interpleader legal moderno que permite que cualquier persona, empresa, corporación, asociación o sociedad entable una demanda. tener la custodia de dinero o propiedad o póliza de seguro o instrumento valorado en $ 500 o más si hay dos o más reclamantes adversos que son ciudadanos de diferentes estados, tengan o no los reclamos de origen común, idénticos, adversos o independientes entre sí, y permitió que fuera una defensa equitativa en acciones legales , Código Judicial §274b. Cuando el Código Judicial de los Estados Unidos se promulgó en el Código de los Estados Unidos como ley positiva en 1948, 62  Stat.   931 aprobada el 25 de junio de 1948, se reconstituyó como 28 USC   § 1335 , 1397 y 2361 .

Los tribunales federales han sostenido que debido al depósito de la resolución ante el tribunal, una acción de interpelación es una acción para determinar la validez de los reclamos en competencia a la propiedad identificada que sirvió puede estar bajo 28 USC   § 1655 que autoriza otras formas de servicio para obtener in rem. jurisdicción sobre los acusados ​​ausentes.

Diferentes tipos de interlocutores en la práctica federal de EE. UU.

En los tribunales federales de los Estados Unidos existen dos tipos específicos de acciones de demandantes . El interlocutor legal se rige por 28 USC   § 1335 , y el interlocutor de la regla establecido por las Reglas federales de procedimiento civil 22 .

Interlocutor legal

  • 28 USC   § 1335 permite a un individuo con una participación que es, o puede ser, reclamada por dos o más demandantes adversos, interpelar a esos demandantes y llevarlos a una acción singular.
  • Jurisdicción : Bajo 28 USC   § 2361 , una persona en cualquier lugar dentro de los Estados Unidos puede ser servida por la parte interesada
  • Diversidad : Se satisface la jurisdicción de diversidad siempre que haya dos demandantes de diferentes estados 28 USC   § 1335 (a) (1) . Por ejemplo, si tiene tres solicitantes, dos de los cuales son residentes de Florida y uno de California, la diversidad quedaría satisfecha. La diversidad de las partes interesadas, sin embargo, es irrelevante para la regla. Esto se conoce como diversidad mínima y se consideró permisible según el Artículo III, § 2 de la Constitución de los Estados Unidos , State Farm Fire y Cas. Co. contra Tashire 386 U.S. 523, 530 (1967)
  • Monto en controversia : La participación en el reclamo ( monto en controversia ) debe ser mayor o igual a $ 500 en valor 28 USC   § 1335 (a) , en oposición al requisito de Rule Interpleader de cualquier monto que exceda los $ 75,000 en acciones basadas en diversidad 28 USC   § 1332 (b) .
  • Lugar : El lugar para un interlocutor legal es el Distrito Judicial en el que reside uno de los demandantes, 28 USC   § 1397 .
  • Depósito : La parte interesada inicia una acción legal de interlocutor que debe depositar inicialmente en el tribunal la cantidad en controversia o depositar una fianza específica con el tribunal, 28 USC   § 1335 (a) (2) . Sin embargo, la parte interesada puede afirmar en el juicio que no le debe dinero a los demandantes en absoluto, ya que la acción puede tener el carácter de un interlocutor.

Tal acción puede ser considerada aunque los títulos o reclamos de los demandantes en conflicto no tengan un origen común, o no sean idénticos, pero sean adversos e independientes entre sí. 28 USC   § 1335 (b) .

  • Mandamiento judicial : Una vez que se inicia la acción legal de interuplicador, el tribunal puede restringir a todos los demandantes el inicio o la continuación de cualquier acción que pudiera afectar la participación, hacer que dicho mandato judicial sea permanente y eximir al interesado de la responsabilidad. 28 USC   § 2361 . Dicha orden judicial no se rige por la Regla 65 de la Regla Federal de Procedimiento Civil .

Sin embargo, el lenguaje de puede reclamar agregado en la codificación de 1948 al Título 28 del Código de los Estados Unidos en las definiciones de reclamo permite intercalar reclamos sin liquidar, como reclamo múltiple de una póliza de seguro de responsabilidad lesionado en un accidente antes de que se reduzcan a juicio o se resuelvan, sin embargo la medida cautelar sólo podrá impedir que los demandantes entablen demandas contra las res no demandas para liquidar la demanda o contra terceros. Los procedimientos para una acción legal de interposición se rigen por las Reglas Federales de Procedimiento Civil. Regla 22 (b).

Interlocutor de la regla

(Actual al 1 de diciembre de 2011)

El interpleader también está permitido por las Reglas Federales de Procedimiento Civil 22 . La regla 22 se conoce como interposición de reglas. El interlocutor de reglas proporciona un remedio para cualquier persona que esté o pueda estar expuesta a responsabilidades dobles o múltiples. El interesado puede invocar la Regla 22 como demandante o contrademanda en una acción ya iniciada contra él por uno o más demandantes. Existen diferencias específicas entre el interlocutor legal y el interlocutor de reglas:

  • Jurisdicción : Rule Interpleader no proporciona una base para la jurisdicción en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos ; debe haber una base de jurisdicción independiente bajo el Título 28 del Código de los Estados Unidos , es decir, jurisdicción de diversidad 28 USC   § 1332 (a) que requiere que los demandantes tengan una diversidad completa entre la parte interesada y todos los demandantes; pero no entre los demandantes, o la jurisdicción de la cuestión federal 28 USC   § 1331 es decir, cuando un reclamo se basa en la ley federal; o hay un estatuto específico que autoriza a la persona que interviene, es decir, 38 USC   § 1984 o 49 USC   § 80110 (e) .
  • Servicio : No hay un servicio de proceso a nivel nacional como en una acción de interposición legal. El servicio debe llevarse a cabo dentro del estado donde se encuentra el tribunal, o de acuerdo con el estatuto de brazo largo del estado, Regla 4 (k) (1) .
  • Monto en controversia : El monto en controversia debe exceder los $ 75,000 si se basa en una jurisdicción de diversidad que cumple con los requisitos de 28 USC   § 1332 (b) .
  • Depósito : No se requiere realizar un depósito ante el tribunal para una acción de interposición de la Regla 22. El interesado puede reclamar que no es responsable en todo o en parte ante cualquiera o todos los demandantes, Regla 22 (a) (1) (B). Sin embargo, para que el interesado sea despedido, debe depositar el dinero o la propiedad en el tribunal de conformidad con la Regla 67 .

Bancarrota

En la corte de bancarrotas, el interlocutor según las Reglas federales de procedimiento civil 22 puede mantenerse como un procedimiento contradictorio según las Reglas federales de procedimiento de bancarrota 7022 .

Reglas Federales de Procedimiento Civil 22

(a) Motivos para una acción de interlocutores

(1) Por un demandante. Las personas con reclamos que puedan exponer a un demandante a una responsabilidad doble o múltiple pueden unirse como demandados y se les puede exigir que intervengan. Joinder for interpleader es apropiado a pesar de que:

(A) las reclamaciones de los diversos reclamantes, o los títulos de los que dependen sus reclamaciones, carecen de un origen común o son adversas e independientes en lugar de idénticas; o
(B) el demandante niega la responsabilidad total o parcial ante cualquiera o todos los demandantes.
(2) Por un acusado. Un acusado se expone a pasivo similar puede buscar a través de una interpleader crossclaim o reconvención .

(b) Relación con otras reglas y estatutos.

Esta regla complementa, y no limita, la unión de partidos permitida por la Regla 20 . El remedio que proporciona esta regla es adicional, y no reemplaza ni limita, el remedio provisto por 28 USC   § 1335 , 1397 y 2361 . Una acción bajo esos estatutos debe llevarse a cabo bajo estas reglas .

Interpleader en la práctica estatal de EE.

El Código Uniforme de Comercio §7-603 adoptado en los 50 estados de los Estados Unidos establece que un depositario cuando más de una persona reclama el título o la posesión de los bienes bajo el documento de título ( recibo de depósito o conocimiento de embarque ) puede traer un interlocutor como acción original o como defensa a una demanda por falta de entrega.

En Louisiana, el interpleader se llama concursus. En la mayoría de los estados existen estatutos o reglas judiciales que prevén un interpleader similar a las reglas federales.

Ver también

Otras lecturas

  • Simon, Henry Andrews (1850). Un tratado práctico de la ley del interlocutor (segunda ed.). Londres: Shaw and Sons. hdl : 2027 / chi.67298951 .
  • Maclennan, Roderick James (1901). La ley de los interlocutores administrada por los tribunales ingleses, irlandeses, estadounidenses, canadienses y australianos . Toronto: Carswell .
  • Hazard, Geoffrey C. Jr .; Moskovitz, Myron (1964). "Un análisis histórico y crítico de interpleader" . Revisión de la ley de California . 52 (4): 706–763. doi : 10.2307 / 3479049 . JSTOR   3479049 .

Referencias

enlaces externos

  • Celador Radio Ltd contra Rancho Steak House Ltd (Participante equitativo - Aplicación) [2018] EWHC 219 (QB) (16 de febrero de 2018)