Inmunidades jurisdiccionales del Estado - Jurisdictional Immunities of the State


Inmunidades jurisdiccionales del Estado
(Alemania contra Italia)
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Tribunal Corte Internacional de Justicia
Nombre completo del caso Inmunidades jurisdiccionales del Estado (Alemania contra Italia: intervención de Grecia)
Decidido 3 de febrero de 2012  ( 2012-02-03 )
Opiniones de casos
Membresía de la corte
Jueces sentados Hisashi Owada (presidente), Peter Tomka (vicepresidente), Abdul G. Koroma , Bruno Simma , Ronny Abraham , Kenneth Keith , Bernardo Sepúlveda Amor , Mohamed Bennouna , Leonid Skotnikov , Antônio Trindade , Abdulqawi Ahmed Yusuf , Christopher Greenwood , Joan Donoghue , Xue Hanqin , Giorgio Gaja (ad hoc)
Palabras clave

Inmunidades jurisdiccionales del Estado (Alemania contra Italia: intervención de Grecia) fue un caso relativo al alcance de la inmunidad estatal ante la Corte Internacional de Justicia . El caso fue presentado por Alemania después de varias decisiones de los tribunales italianos para ignorar la inmunidad estatal de Alemania cuando se enfrenta a reclamos contra Alemania por parte de víctimas de crímenes de guerra de la era nazi . El tribunal determinó que Italia se equivocó al ignorar la inmunidad alemana y determinó que Italia estaba obligada a dejar sin efecto las decisiones de sus tribunales contra Alemania.

Hechos

Las afirmaciones originales se basaron en una serie de crímenes de guerra cometidos por las tropas alemanas durante la Segunda Guerra Mundial. Alemania no cuestionó el fondo de los hechos. Se habían aprobado varios acuerdos y medidas internacionales que pretendían renunciar a las denuncias de las víctimas involucradas o hacer reparaciones. Por ejemplo, un tratado de paz de 1947 entre Italia y los Aliados pretendía renunciar a las reclamaciones de ciudadanos italianos; Un acuerdo de 1963 entre Alemania e Italia pretendía nuevamente renunciar a las reclamaciones de los ciudadanos italianos por 40 millones de marcos alemanes en compensación. Alemania también ha aprobado varias leyes para efectuar indemnizaciones individuales a las víctimas de las atrocidades de la época nazi. Sin embargo, es indiscutible que los acuerdos internacionales y el lenguaje a veces restrictivo de las leyes de indemnización no compensaron colectivamente a muchas víctimas individualmente.

Luigi Ferrini

Luigi Ferrini era un italiano que fue deportado de la Italia ocupada y obligado a trabajar en una planta de municiones en Alemania. Durante 1998 inició un proceso contra Alemania en el tribunal de primera instancia de Arezzo . El tribunal inferior y luego el tribunal de apelaciones denegaron su reclamación, sobre la base de que Alemania tenía derecho a la inmunidad estatal. Sin embargo, durante 2004 el Tribunal de Casación italiano revocó esta sentencia alegando que se pierde la inmunidad estatal cuando se alegan crímenes internacionales. En prisión preventiva, los tribunales inferiores dictaron sentencia a favor de Ferrini.

Max Josef Milde

Max Josef Milde fue un soldado alemán, miembro de la División Hermann Goering , que durante 2004 fue condenado en rebeldía por crímenes de guerra relacionados con una masacre de civiles en las localidades italianas de Civitella en Val di Chiana y San Pancazio . En relación con esta condena, Alemania fue considerada solidariamente responsable por los daños resultantes de este acto. El Tribunal de Casación reafirmó su razonamiento en el caso Ferrini al afirmar esta sentencia durante 2008.

Masacre de Distomo

El 10 de junio de 1944, cientos de personas en la aldea griega de Distomo fueron masacradas por tropas alemanas en represalia por las actividades de la Resistencia cercanas. Los supervivientes y familiares de las víctimas de esta masacre de Distomo demandaron a Alemania en los tribunales griegos durante 1995. Alemania no compareció y el tribunal de primera instancia emitió una sentencia en rebeldía, confirmada en apelación por el Tribunal de Casación griego . Sin embargo, el ministro de Justicia griego se negó a conceder el permiso necesario para ejecutar la sentencia en Grecia. En respuesta, los demandantes intentaron hacer cumplir la sentencia en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y en los tribunales alemanes, pero se les negó por motivos de inmunidad estatal. Finalmente, tras la decisión de Ferrini , los demandantes solicitaron la ejecución en Italia; los tribunales italianos acordaron ejecutar la sentencia y durante 2007 los demandantes acusaron legalmente a Villa Vigoni , una propiedad en Italia propiedad del estado alemán.

Historia procesal

Alemania presentó su solicitud para iniciar procedimientos el 23 de diciembre de 2008. La base de la jurisdicción de la Corte fue la Convención Europea para la Solución Pacífica de Controversias , que durante 1961 obligó tanto a Alemania como a Italia a someter controversias posteriores a la CIJ. Italia respondió con una reconvención de que Alemania debería pagar reparaciones por los hechos originales. La reconvención fue rechazada sobre la base de que las atrocidades eran anteriores a la Convención Europea para la Solución Pacífica de Controversias y, por lo tanto, la Corte no tenía jurisdicción. Durante 2011, Grecia presentó una solicitud y se le permitió intervenir en el caso del lado de Italia.

Juicio

Por una votación de 12 a 3, el tribunal rechazó las dos supuestas excepciones a la doctrina de la inmunidad estatal propuesta por Italia.

En primer lugar, el tribunal rechazó una teoría del "agravio territorial", según la cual Italia tendría derecho a ignorar la inmunidad porque los agravios se cometieron en territorio italiano. El tribunal analizó esta excepción dentro de los estrechos confines de los hechos del caso: los agravios fueron cometidos por una fuerza armada durante las hostilidades armadas. El tribunal señaló que si bien el agravio territorial general ciertamente tiene apoyo para jure gestionis , o actividades comerciales del estado, está claro que dicho agravio no debe aplicarse a las fuerzas armadas involucradas en un conflicto armado. El tribunal citó la Convención Europea sobre Inmunidad Estatal , la Convención de las Naciones Unidas sobre Inmunidades Jurisdiccionales de los Estados y sus Bienes , y la práctica estatal de varios países para establecer que había poco apoyo para extender el agravio territorial tanto como lo proponía Italia.

En segundo lugar, el tribunal rechazó una excepción más amplia a la inmunidad estatal, por la cual se perdería la inmunidad si se alegaran violaciones graves de derechos humanos y no se produjeran reparaciones. Italia avanzó tres "vertientes" a este argumento: Italia argumentó que la gravedad de las violaciones requería la eliminación de la inmunidad estatal, que no eliminar la inmunidad estatal derogaría efectivamente una norma imperativa o de jus cogens ; y se perdió la inmunidad porque los demandantes no tenían otros medios de reparación. Italia también argumentó que estos tres aspectos, si no cada uno de ellos de manera independiente suficiente para justificar una pérdida de inmunidad, eran suficientes cuando se combinaban.

Al abordar el primer aspecto, el tribunal señaló que permitir una investigación judicial sobre la gravedad del crimen frustraría el propósito de la inmunidad, que es evitar el proceso de juicio. Además, hay poco apoyo en las convenciones internacionales y la práctica estatal para la idea de que la gravedad de un delito podría eliminar la inmunidad estatal. El tribunal distinguió el caso Pinochet , en el que Augusto Pinochet fue arrestado a pesar de la inmunidad como jefe de estado, al afirmar que Pinochet era un caso penal contra un individuo, no un caso civil contra un estado en sí.

Al abordar el segundo aspecto, el tribunal distinguió entre reglas procesales y sustantivas y concluyó que no había conflicto entre las prohibiciones sustantivas de jus cogens sobre la esclavitud, por ejemplo, y la inmunidad procesal estatal. El tribunal señaló que esto era coherente con las sentencias de la CIJ en Actividades armadas en el Congo y Orden de arresto del 11 de abril de 2000 , en las que las reglas de jus cogens no conferían jurisdicción ni derogaban las inmunidades de los funcionarios. El tribunal señaló además que ninguna práctica estatal respaldaba el argumento de que las reglas de jus cogens desplazan la inmunidad.

Al abordar el tercer aspecto, la Corte distinguió entre inmunidad y las normas sustantivas del derecho internacional por las que Alemania aún podría deber reparaciones. Un hallazgo de inmunidad no equivale a un hallazgo de que Alemania no debía reparaciones. La Corte indicó que bajo esa teoría, la existencia de inmunidad dependería del fracaso final de una solución diplomática, pero el fracaso sería excepcionalmente difícil de identificar.

Por último, habiendo rechazado las líneas del argumento de Italia individualmente, el Tribunal también rechazó su conjunto, especificando que la inmunidad no podía basarse en una prueba de equilibrio sustantiva aplicada por los tribunales nacionales. Tras concluir que Italia estaba obligada a conceder inmunidad a Alemania ante los tribunales italianos, el Tribunal determinó que la petición de ejecución de una sentencia griega (solicitud de exequátur ) estaba sujeta a las mismas reglas y también debería haber sido denegada por inmunidad.

Por 14 votos contra 1, el tribunal determinó que Italia estaba obligada, por un medio de su propia elección, a anular las decisiones de sus tribunales que infringían la inmunidad estatal debida a Alemania.

El juez disidente Bennouna dijo que había una diferencia entre la inmunidad estatal y la responsabilidad estatal. Otorgar inmunidad no lo exonera de responsabilidad. En este caso, el tribunal debería haber reconocido que Alemania admitió sus delitos y, por lo tanto, es responsable. Si Alemania desea tener inmunidad, debe asumir la responsabilidad en sus propios tribunales nacionales; de lo contrario, no puede basarse en su inmunidad estatal.

Desarrollo

En 2014, el Tribunal Constitucional italiano dictaminó que la inmunidad soberana por los delitos en cuestión violaba los derechos fundamentales garantizados por la constitución italiana. Por lo tanto, la inmunidad soberana ya no sería una ley aplicable en Italia para estos casos de crímenes de guerra.

Ver también

Referencias

enlaces externos