Poder ejecutivo del gobierno de Puerto Rico - Executive branch of the government of Puerto Rico

El poder ejecutivo del gobierno de Puerto Rico es responsable de ejecutar las leyes de Puerto Rico , así como de hacer que se ejecuten. El Artículo IV de la Constitución de Puerto Rico confiere el poder ejecutivo al Gobernador, quien por su naturaleza forma la rama ejecutiva.

La Constitución también establece que el Secretario de Estado debe actuar como gobernador interino cuando el gobernador no pueda cumplir con sus funciones . El Secretario de Estado , por lo tanto, desempeña un papel equivalente al de un vicegobernador en la política de los Estados Unidos .

El Jefe de Gabinete de Puerto Rico es el segundo al mando y administra y supervisa todos los departamentos ejecutivos y casi todas las agencias ejecutivas.

El Artículo IV también establece que el Gobernador será asistido por Secretarios que constituirán colectivamente el consejo asesor del Gobernador y serán designados como el Consejo de Secretarios . El Consejo, junto con los funcionarios a nivel de Gabinete , componen el Gabinete de Puerto Rico .

La Constitución creó ocho departamentos ejecutivos . Posteriormente, la Asamblea Legislativa reorganizó uno de estos y creó y reorganizó algunos más. Hoy, el poder ejecutivo está compuesto por quince departamentos ejecutivos, cada uno encabezado por un secretario .

Puestos ejecutivos

Gobernador

El Artículo IV de la Constitución de Puerto Rico confiere el poder ejecutivo al Gobernador . El gobernador tiene el deber de hacer cumplir las leyes estatales , convocar la Asamblea Legislativa , el poder de aprobar o vetar proyectos de ley aprobados por la Asamblea Legislativa, nombrar funcionarios gubernamentales, nombrar jueces y otorgar indultos .

Teniente gobernador

Puerto Rico no tiene un puesto de vicegobernador, pero el Secretario de Estado desempeña un papel equivalente. El Artículo IV de la Constitución de Puerto Rico establece que el Secretario de Estado debe actuar como gobernador interino cuando el Gobernador no pueda cumplir con sus funciones. La Constitución y la ley de Puerto Rico establecen una línea de sucesión gubernamental para casos especiales cuando ni el Gobernador ni el Secretario están disponibles.

Jefe de estado mayor

Ni la Constitución de Puerto Rico ni la ley puertorriqueña prevén un puesto de Jefe de Estado Mayor. Sin embargo, los Gobernadores proclaman una orden ejecutiva que establece el puesto del Jefe de Gabinete de Puerto Rico, quien está a cargo de administrar y supervisar todos los departamentos ejecutivos y casi todas las agencias ejecutivas.

Oficinas ejecutivas

La rama ejecutiva está dirigida por la Oficina del Gobernador de Puerto Rico, que consiste en el personal inmediato del Gobernador y en múltiples niveles de apoyo. Todas las demás oficinas ejecutivas están adscritas a la Oficina del Gobernador. El Gobernador, sin embargo, delega la gestión y supervisión de casi todas las oficinas ejecutivas en la Secretaría de Gobernanza y el Jefe de Gabinete ; siendo la Oficina de Gerencia y Presupuesto y la Junta de Planificación las únicas oficinas ejecutivas que reportan directamente al Gobernador. Las oficinas ejecutivas están compuestas por:

Secretarios

El Artículo IV de la Constitución de Puerto Rico establece que el Gobernador será asistido por Secretarios quienes constituirán colectivamente el consejo asesor del Gobernador y serán designados como el Consejo de Secretarios . Estos Secretarios y otros funcionarios que ocupan cargos en el mismo nivel burocrático componen el Gabinete. En raras ocasiones, se solicita al Gabinete que ratifique una decisión de un gobernador, como el nombramiento de un miembro de la junta del Banco Gubernamental de Fomento de Puerto Rico , en lugar del consejo y consentimiento del Senado .

Todos los miembros del gabinete son nominados por el Gobernador y luego presentados al Senado para obtener asesoramiento y consentimiento por mayoría simple, excepto el Secretario de Estado, que requiere el consejo y consentimiento tanto del Senado como de la Cámara de Representantes . Si los miembros del Gabinete son confirmados, estos juramentan y comienzan a desempeñar sus funciones inmediatamente después. Sin embargo, los miembros del gabinete designados durante un receso legislativo pueden comenzar a servir inmediatamente bajo un nombramiento de receso hasta el final de la siguiente sesión ordinaria de la Asamblea Legislativa , o rechazados por el Senado, lo que ocurra primero, en caso de que no sean confirmados. Todos los miembros que lideran departamentos ejecutivos reciben el título de Secretario .

El Consejo de Secretarios es el grupo integrado por los jefes de los departamentos ejecutivos del gobierno de Puerto Rico . El Consejo está encargado de liderar los diferentes sectores de la administración pública dentro del gobierno y está integrado por:

Departamentos

Actualmente hay quince departamentos ejecutivos ; todos ellos equivalentes al de los ministerios en los sistemas parlamentarios . Cada departamento ejecutivo es responsable de un sector específico de la administración pública y brinda un servicio público relacionado a los ciudadanos de Puerto Rico . Todos los departamentos son capaces de generar ingresos a través de la emisión de multas , o mediante el cobro de derechos de licencia y los impuestos . Estos ingresos luego se asignan al fondo operativo principal del gobierno : el Fondo General de Puerto Rico . Los departamentos actuales son:

Oficiales a nivel de gabinete

Los funcionarios a nivel de gabinete de la rama ejecutiva del gobierno de Puerto Rico son los jefes de las agencias ejecutivas que reportan directamente al Gobernador de Puerto Rico o al Jefe de Gabinete quienes tampoco son Secretarios de un departamento ejecutivo ni miembros. de una oficina ejecutiva, excepto los Directores de la Oficina de Gerencia y Presupuesto y la Junta de Planificación, quienes se consideran funcionarios a nivel de gabinete. Todos los funcionarios a nivel de Gabinete están al mismo nivel burocrático que los Secretarios y junto con el Consejo de Secretarios componen el Gabinete de Puerto Rico .

Agente fiscal y financiación

El agente fiscal y las agencias de financiamiento son un grupo de corporaciones de propiedad del gobierno de Puerto Rico que administran todos los aspectos del financiamiento del poder ejecutivo. La Ley del Banco de Fomento del Gobierno de Puerto Rico establece que el Banco de Fomento del Gobierno de Puerto Rico (BGF) actúa como agente fiscal del gobierno de Puerto Rico . Independientemente de su estatus especial, el BGF y todas las demás agencias financieras reportan a la Secretaría de Gobernanza y al Jefe de Gabinete . Estas agencias están compuestas por:

Corporaciones de propiedad del gobierno

Las corporaciones de propiedad del gobierno de Puerto Rico son entidades legales autónomas, independientes y autosuficientes que pertenecen en su totalidad o en su totalidad al poder ejecutivo. Estas corporaciones se dedican a actividades comerciales y sus ingresos en última instancia se asignan a la tesorería del gobierno: el Fondo Consolidado de Puerto Rico . A diciembre de 2012, el poder ejecutivo poseía 50 corporaciones de propiedad del gobierno de la siguiente manera:

Otras agencias

Hay otras agencias que pertenecen a la rama ejecutiva que no son oficinas ejecutivas, departamentos ejecutivos, sub-agencias ni corporaciones estatales. Estas agencias tienden a ser organismos reguladores o agencias que brindan algún tipo de servicio público cuyo objetivo no es el lucro comercial. Independientemente de su propósito, estas agencias dependen de la Secretaría de Gobernación y del Jefe de Gabinete , y algunas de ellas incluso están presididas por un funcionario de nivel de gabinete. Este grupo de agencias está compuesto por:

Notas

Referencias