Sistema de información de visas - Visa Information System

El Sistema de Información de Visas de la Unión Europea ( VIS ) es una base de datos que contiene información, incluida la biométrica , sobre las solicitudes de visado de ciudadanos de terceros países que requieren una visa para ingresar al área Schengen .

El sistema fue establecido en junio de 2004 por el Consejo de la decisión 2004/512 / CE.

VIS se implementa a nivel regional, a partir del 11 de octubre de 2011 con los países del norte de África .

Los nuevos solicitantes de una visa VIS Schengen deben viajar al consulado de la UE más cercano para proporcionar su información biométrica (10 huellas dactilares y una imagen facial), que luego se ingresa en el sistema y tiene una validez de cinco años. La información se almacena de forma centralizada en una base de datos en Estrasburgo (con un sitio de respaldo en Austria) que permite verificar en los pasos fronterizos que la persona que tiene la visa biométrica es la persona que la solicitó.

Son posibles dos tipos de búsquedas: verificación e identificación, ambas realizadas por el Biometric Matching System (BMS) independiente. La verificación consiste en comprobar que las huellas dactilares escaneadas en el paso fronterizo corresponden a las asociadas con el registro biométrico adjunto al visado (duración aprox. 2 segundos). La identificación consiste en comparar las huellas dactilares tomadas en el puesto fronterizo con el contenido de toda la base de datos (duración hasta 10 minutos).

Desde su entrada en funcionamiento, el VIS se fue implantando gradualmente en todos los consulados nacionales, región por región. El 20 de noviembre de 2015, todos los estados Schengen y asociados a Schengen completaron el despliegue del sistema en todos los consulados nacionales. El 29 de febrero de 2016, todos los pasos fronterizos oficiales de la UE cerraron el despliegue del VIS. Se espera que el VIS contenga unos 70 millones de solicitudes de visado y registros biométricos a plena capacidad.

VIS tiene como objetivo prevenir el fraude de visas y la compra de visas por parte de los solicitantes entre los estados miembros de la UE y facilitar los controles en los pasos fronterizos exteriores y dentro del territorio de los estados miembros, ayudando en la identificación de las personas incluidas en la lista. Los organismos que tienen acceso al VIS son: Consulados, autoridades policiales de los estados miembros y Europol . La transferencia de datos a terceros países u organizaciones internacionales solo puede tener lugar en un caso excepcional de urgencia, con el consentimiento del Estado miembro que ingresó los datos. El VIS también ayuda a las autoridades competentes de los Estados miembros en materia de asilo.

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Referencias

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