Derechos LGBT en Colombia - LGBT rights in Colombia

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Colombia
Estado Legal desde 1981
Identidad de género Derecho a cambiar de género legal desde 1993
Militar LGBT autorizado para servir en el ejército
Protecciones contra la discriminación Protecciones de orientación sexual desde 2011
Derechos de la familia
Reconocimiento de relaciones Matrimonio entre personas del mismo sexo desde 2016
Adopción Adopción conjunta total desde 2015

Los derechos de lesbianas, gays, bisexuales y transexuales (LGBT) en Colombia se encuentran entre los más avanzados de América Latina y han progresado sustancialmente desde que se despenalizó la actividad homosexual consensuada en 1981. Entre febrero de 2007 y abril de 2008, tres fallos de la Corte Constitucional concedieron las parejas del mismo sexo registradas tienen los mismos derechos de pensión, seguridad social y propiedad que las parejas heterosexuales registradas. En 2011, el Congreso aprobó una ley que prohíbe la discriminación basada en la orientación sexual, y el 28 de abril de 2016, la Corte Constitucional legalizó el matrimonio entre personas del mismo sexo , convirtiendo a Colombia en el cuarto país sudamericano en legalizarlo.

A pesar de los avances recientes en los derechos LGBT, los informes de discriminación contra miembros de la comunidad LGBT siguen siendo comunes. Se informó que 109 personas LGBT fueron asesinadas en Colombia en 2017 y 108 en 2016, a pesar de una caída general en la tasa de homicidios.

Constitución y ley

El artículo 13 de la Constitución colombiana de 1991 establece que "el Estado brindará las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva, y adoptará medidas a favor de los grupos marginados o discriminados".

El artículo 42 de la Constitución establece que "la familia es el núcleo básico de la sociedad. Se forma sobre la base de los lazos naturales o jurídicos, por la libre decisión de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por su voluntad responsable de cumplirlo". .

Las reformas de la ley en la década de 1990 igualaron la edad de consentimiento en Colombia a los 14 años para las relaciones sexuales tanto homosexuales como heterosexuales . En 1998, la Corte Constitucional dictaminó que los maestros de escuelas públicas no pueden ser despedidos por revelar su orientación sexual, ni las escuelas religiosas privadas pueden prohibir la inscripción de estudiantes homosexuales. En 1999, el mismo tribunal dictaminó por unanimidad que las fuerzas armadas no podían prohibir el servicio a homosexuales y bisexuales, siendo una violación de las garantías constitucionales de "intimidad personal y familiar" y "el libre desarrollo de la personalidad".

Reconocimiento de las relaciones entre personas del mismo sexo.

El 7 de febrero de 2007, la Corte Constitucional de Colombia extendió los derechos de propiedad y sucesión a parejas del mismo sexo, como resultado de una acción constitucional presentada por el grupo de derecho de interés público de la Universidad de los Andes . La decisión no incluyó derechos de pensión o seguridad social (seguro médico). En una segunda sentencia del 5 de octubre de 2007, el Tribunal Constitucional amplió las prestaciones de la seguridad social (seguro médico) a las parejas del mismo sexo, y en una sentencia del 17 de abril de 2008 se ampliaron los derechos de pensión. Con estos tres fallos, las parejas del mismo sexo en Colombia disfrutan ahora de los principales beneficios como parejas heterosexuales en los mismos términos.

Estos tres fallos de la Corte Constitucional reemplazaron el proyecto de ley de unión civil derrotado que fue rechazado en el Congreso. El 19 de junio de 2007, el proyecto de ley, que habría tratado a las parejas del mismo sexo no registradas de la misma forma que a las parejas del sexo opuesto no registradas en la ley, fue rechazado en el Congreso . Versiones levemente diferentes del proyecto de ley aprobadas en cada cámara y el presidente Álvaro Uribe indicó que lo apoyaría. Luego, un proyecto de ley de compromiso fue aprobado por una casa pero falló en la otra. El proyecto de ley fue rechazado por un bloque de senadores conservadores. El proyecto de ley, que había sido respaldado por el presidente Álvaro Uribe , habría convertido a Colombia en la primera nación de América Latina en otorgar a las parejas del mismo sexo en relaciones a largo plazo los mismos derechos al seguro médico, la herencia y la seguridad social que las parejas heterosexuales. Sin embargo, con las sentencias de la Corte Constitucional, las parejas del mismo sexo disfrutan hoy de los mismos derechos que les hubiera otorgado este fallido proyecto de ley.

En julio de 2011, la Corte Constitucional dictaminó en una decisión histórica que las parejas del mismo sexo tienen derecho a contraer matrimonio en Colombia. El Congreso colombiano tenía que crear un matrimonio equivalente para parejas del mismo sexo antes del 20 de junio de 2013, o de lo contrario las parejas automáticamente ganarían el derecho a acudir a cualquier juez o notario público para formalizar su unión, según el fallo. Como el Congreso de Colombia no aprobó un proyecto de ley sobre el matrimonio entre personas del mismo sexo para esa fecha, los tribunales comenzaron a aprobar los propios matrimonios. El tema del matrimonio entre personas del mismo sexo llegó nuevamente ante la Corte Constitucional en 2015 luego de que el Inspector General del país solicitara que la Corte invalidara todos los matrimonios entre personas del mismo sexo aprobados en Colombia. La audiencia tuvo lugar en julio de 2015.

En marzo de 2016, se registró en Colombia el primer matrimonio entre personas del mismo sexo realizado en el extranjero y el Registro Nacional emitió un memorando a todos los notarios y registradores ordenándoles que registraran los matrimonios entre personas del mismo sexo realizados fuera del país. Las parejas del mismo sexo casadas en el extranjero ahora tienen derecho a la misma visa, beneficios de atención médica, derechos de herencia y pensión que los cónyuges heterosexuales una vez que llevan un certificado de matrimonio sellado y documentos de identificación a la oficina designada más cercana.

El 28 de abril de 2016, el Tribunal Constitucional votó 6 a 3 a favor del matrimonio entre personas del mismo sexo, y sostuvo que prohibir tales uniones es inconstitucional y discriminatorio. El fallo efectivamente otorga a las parejas del mismo sexo el derecho a casarse, ya que ordena a todos los jueces y notarios que otorguen licencias de matrimonio a las parejas. La primera boda entre personas del mismo sexo en el país ocurrió en Cali el 24 de mayo de 2016.

Adopción y crianza

En mayo de 2012, la Corte Constitucional dictó sentencia a favor de la adopción de dos hijos al estadounidense Chandler Burr , quien iba a perder la custodia por culpa del ICBF (institución encargada de realizar los trámites de adopción; Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ) consideró que ocultaba su orientación sexual. Desde entonces, el ICBF no puede preguntar la orientación sexual de una persona cuando desea adoptar de forma individual. Desde 2014, las personas LGBT pueden adoptar al hijo biológico de su pareja.

El 4 de noviembre de 2015, el Tribunal Constitucional falló 6-2 a favor de los derechos plenos de adopción de personas del mismo sexo. El tribunal ordenó a las agencias de adopción que no discriminen a las parejas del mismo sexo cuando brinden servicios de adopción. Los opositores al fallo dijeron que intentarían revocarlo. Para el 31 de marzo de 2016, una campaña que quería forzar un referéndum sobre los derechos de adopción para parejas del mismo sexo había reunido 1,8 millones de firmas, incluidos 45 miembros del Congreso. La campaña tenía como objetivo derogar la sentencia de la Corte Constitucional emitida en noviembre de 2015. Sin embargo, primero las firmas tendrían que ser aceptadas por el Secretario de Colombia, luego la propuesta iría al Congreso donde tendría que ser debatida y aprobada por mayoría en ambos sus cámaras, dos veces. Por último, la propuesta también tendría que ser aprobada por el Tribunal Constitucional, el mismo tribunal cuya autoridad pretendía impugnar. En mayo de 2017, un comité del Congreso decidió, en una votación de 20 a 12, archivar la propuesta. La medida fue aplaudida por el presidente Juan Manuel Santos, quien previamente había anunciado su oposición a la propuesta.

Registro legal de niños

El 12 de noviembre de 2015, la Corte Constitucional dictaminó que las parejas del mismo sexo deben poder registrar a los niños recién nacidos a nombre de ambos padres, con certificados de nacimiento que incluyan a dos madres o dos padres. En una decisión de 5 a 2, el tribunal otorgó al registro civil nacional 30 días para cambiar sus formularios a fin de que los niños puedan registrarse en parejas del mismo sexo. El caso fue presentado por dos hombres homosexuales que no pudieron registrar a sus gemelos recién nacidos. Los medios locales informaron que los bebés nacieron en Estados Unidos de una madre sustituta. Según los informes, recibieron la ciudadanía y los documentos estadounidenses, pero no pudieron registrarse en Colombia.

Protecciones contra la discriminación

En 2011, el Congreso aprobó un proyecto de ley que penaliza la discriminación basada en la orientación sexual. La ley estableció penas de prisión de uno a tres años y multas económicas para las personas que discriminen a diferentes grupos, incluida la comunidad LGBT.

La ley también establece que se incrementan las penas cuando la discriminación se realiza en un espacio público, cuando se realiza a través de los medios de comunicación, si el acto es realizado por un funcionario público, cuando los actos basados ​​en discriminación privan a alguien de sus derechos laborales o en la prestación de un servicio público. La pena se reduce si la persona que cometió el acto de discriminación se disculpa públicamente.

Discriminación en las escuelas

En agosto de 2014, un estudiante llamado Sergio Urrego se suicidó como resultado de la discriminación de sus maestros. Su madre interpuso una demanda que tras varios recursos finalmente llegó a la Corte Constitucional. La Corte falló a favor de la familia de Urrego, señalando que se habían vulnerado los derechos a la dignidad, la educación, la igualdad, la no discriminación, el libre desarrollo de la personalidad, la intimidad y el debido proceso, la justicia, la reparación y el buen nombre. El tribunal también ordenó a la escuela realizar un acto público de perdón y ordenó al Ministerio de Educación que en el plazo de un año revise los "manuales de convivencia" (normas que rigen las relaciones entre los propios alumnos y otros miembros de la comunidad educativa) de todas las escuelas de el país para que no contengan artículos que discriminen a los niños por su orientación sexual o identidad de género. Con esta decisión, las escuelas de todo el país no pueden discriminar a los estudiantes por su orientación sexual.

Decreto del gobierno

El Ministerio del Interior de Colombia emitió en la primavera de 2016 un decreto presidencial que establece una política amplia de obligaciones procesales para las instituciones gubernamentales y entidades territoriales en materia de derechos LGBTI. El documento pide la creación de una Comisión Intersectorial para la Garantía de los Derechos de la Comunidad LGBTI (en español : Comisión Intersectorial para la Garantía de los Derechos de la comunidad LGBTI ). El decreto aborda específicamente los derechos de las personas LGBTI colombianas en la educación pública, la atención médica, las cárceles y como víctimas de conflictos armados. El texto aclara que "las entidades nacionales no pueden negarse a reconocer que una pareja del mismo sexo puede constituir una familia y, en consecuencia, puede disfrutar de las protecciones constitucionales y la igualdad de oportunidades que se brinda a otras familias".

En mayo de 2018, el presidente Juan Manuel Santos emitió un decreto ejecutivo ordenando al Ministerio del Interior garantizar aún más los derechos de las personas LGBT en el sector social, especialmente en salud, educación, trabajo, vivienda, recreación, deportes y cultura, así como establecer apoyos. programas.

Identidad y expresión de género

En 2011, la Corte Constitucional dictaminó que una prisionera transgénero podía elegir su propio peinado y maquillaje.

En 2012, la Corte Constitucional dictaminó que una persona transgénero podía solicitar un cambio de género en su registro civil sin pasar por un tribunal de familia. Anteriormente, desde 1970, el Registro Civil Nacional ( Registro del Estado Civil ) había requerido una declaración notariada, publicada o una decisión de un juez para cambiar cualquier información en el registro de una persona.

Las sentencias de la Corte Constitucional de 2012 y 2014 permiten que los cambios de nombre se realicen más de una vez.

En respuesta a dos fallos de la Corte Constitucional en 2015, el Gobierno de Colombia emitió un decreto el 4 de junio de 2015 para simplificar el proceso mediante el cual los adultos mayores de 18 años pueden cambiar legalmente su género. El decreto, firmado por el Ministerio de Justicia y el Ministerio del Interior, dice que el cambio de género está justificado por la elección individual de una persona; elimina el requisito de exámenes psiquiátricos o físicos.

Los notarios y las autoridades locales a veces creen que tienen autoridad discrecional para establecer sus propias reglas, aunque oficialmente esto no es cierto. Un informe de 2016 mencionó un caso legal pendiente en el que una persona no pudo encontrar ningún notario dispuesto a cambiar su nombre sin cambiar también su sexo, a pesar de que la ley lo permite. El informe, Cartografía de derechos trans en Colombia , fue publicado conjuntamente por OutRight Action International , El Aquelarre Trans , una coalición de defensa transgénero, y El Programa de Acción por la Igualdad y la Inclusión Social (PAIIS), un programa de la facultad de derecho de Universidad de los Andes que investiga y comunica información sobre derechos humanos. Este mismo informe de 2016 también recomendó poner fin a la patologización psiquiátrica de la identidad transgénero y abandonar la esterilización como requisito previo para otros cambios físicos.

Organizaciones

Entre las organizaciones importantes por los derechos de las personas transgénero se encuentran:

  • La Fundación GAAT (Grupo de Acción y Apoyo a Personas con Experiencias de Vida Trans). La directora de la organización, Laura Weinstein, que había trabajado con la organización desde 2009, murió el 2 de enero de 2021 después de sufrir problemas respiratorios repentinos durante la pandemia de COVID-19 .
  • La Red Comunitaria Trans. Fue fundada en 2012 por Daniela Maldonado Salamanca.

Derecho a expresar afecto en público

La Corte Constitucional de Colombia ha emitido múltiples fallos que protegen el derecho de los homosexuales y bisexuales a expresarse en público, incluido el derecho a expresar afecto o amor por sus parejas. En 1994, el tribunal desaprobó la negativa del Consejo Nacional de Televisión a mostrar un comercial en el que aparecía una pareja del mismo sexo. A este fallo le siguieron otros como el T-268 de 2000, donde el tribunal permitió un desfile del orgullo gay, lo que previamente había sido impedido por el Alcalde de Neiva ; T-301 de 2004, que ordenó a la Policía de Santa Marta dejar de acosar a los homosexuales que visitaban el malecón de la ciudad; y T-314 de 2011, que consideró discriminatorio la negativa del Hotel Tequendama de permitir el acceso de algunos homosexuales a dos eventos que se realizaron en sus instalaciones.

La sentencia T-909 de 2011 ordenó a los custodios del centro comercial Cosmocentro en Cali y su empresa de seguridad realizar un curso para aprender a no reprimir a los homosexuales cuando expresan su afecto en público.

Servicio militar

Los hombres, independientemente de su orientación sexual, deben registrarse para el reclutamiento a los 18 años, en el que reciben una tarjeta de registro ["libreta militar"] que se les puede pedir que presenten en determinadas situaciones, por ejemplo, cuando buscan empleo (solo empresas públicas ). Las mujeres transgénero no están obligadas a registrarse.

Identidad de género

Según una decisión de la Corte Suprema de 2015, las mujeres transgénero no tienen que registrarse para el reclutamiento, pero pueden servir en el ejército si así lo desean.

Orientación sexual

En 1999, la Corte Constitucional estableció que los homosexuales y bisexuales pueden servir en el ejército colombiano y que la orientación sexual no puede ser un factor que impida que alguien ingrese al ejército. La sentencia C-507 de 1999 declaró inconstitucional la regla militar que prohíbe los "actos homosexuales".

A partir de 2020, según Samuel Rivera-Paéz, autor de Militares e identidad, la cultura militar aún desalienta la discusión sobre la atracción hacia personas del mismo sexo. Hay política de "Se Puede Ser, Pero No demostrar" [que puede existir, pero no mostrar], similar a lo que se conoce en Inglés como " no preguntar, no decir ".

Donación de sangre

En 2012, la Corte Constitucional determinó que la orientación sexual no puede ser un criterio para prevenir la donación de sangre. A tal efecto, el tribunal ordenó al Ministerio de Salud y Protección Social modificar el reglamento de donación, que establecía que los hombres que tienen sexo con hombres no pueden donar sangre. El tribunal ordenó al Ministerio de Salud que se debe atender la normativa para verificar e identificar altos o bajos niveles de riesgo según el comportamiento sexual de la persona y que la orientación sexual no es en sí misma un riesgo de facto .

Condiciones sociales

Manifestaciones por los derechos LGBT durante el Día Internacional contra la Homofobia, 2019.
Una bandera arcoíris el 17 de mayo de 2019 en Cartagena.

Según un informe de The Washington Post , Bogotá y Medellín tienen barrios homosexuales prósperos, bares cuyos clientes son abiertamente homosexuales y centros que brindan asesoramiento y asesoramiento legal a los miembros de la comunidad LGBT. Los políticos locales, entre ellos el ex alcalde Luis Eduardo Garzón y destacados miembros del Congreso como el senador Armando Benedetti, han apoyado la concesión de derechos legales a las parejas del mismo sexo. El ex presidente Juan Manuel Santos ha mostrado su apoyo a los derechos LGBT, teniendo dos ministros abiertamente homosexuales en su gobierno. Además, los principales medios de comunicación tienen una cobertura completa de la comunidad LGBT. En los últimos años, los personajes homosexuales han aparecido en más y más programas de televisión y telenovelas, especialmente una escena de amor gay en la telenovela de máxima audiencia Dr Mata y una escena lésbica en la serie A corazón abierto . A pesar del apoyo de los medios de comunicación, el gobierno, varios políticos, el cambio en las leyes que otorgan igualdad de derechos a los homosexuales y las personas transgénero y un debate más abierto sobre los derechos LGBT, la sociedad colombiana sigue siendo en general conservadora en este tema.

En octubre de 2019, una encuesta de Invamer mostró que el apoyo al matrimonio entre personas del mismo sexo había alcanzado, por primera vez en Colombia, el 50%, con un 47% en contra. En cuanto a la adopción por personas del mismo sexo, la aceptación fue del 36% y la oposición del 62%. Anteriormente, las encuestas de opinión habían encontrado que una minoría de colombianos apoyaba el matrimonio entre personas del mismo sexo. Una encuesta realizada entre noviembre y diciembre de 2016 mostró que el apoyo al matrimonio entre personas del mismo sexo era del 37%, mientras que el 59% estaba en contra. El apoyo a la adopción por personas del mismo sexo fue solo del 22%, mientras que el 76% estaba en contra. Otra encuesta de 2016 mostró un 40% de apoyo al matrimonio entre personas del mismo sexo y un 57% de oposición.

En mayo de 2015, PlanetRomeo , una red social LGBT, publicó su primer Índice de Felicidad Gay (GHI). A los hombres homosexuales de más de 120 países se les preguntó cómo se sentían acerca de la visión de la sociedad sobre la homosexualidad, cómo experimentan la forma en que otras personas los tratan y qué tan satisfechos están con sus vidas. Colombia ocupó el puesto 38 con un puntaje GHI de 51.

En octubre de 2019, Claudia López Hernández se convirtió en la primera persona abiertamente homosexual en ocupar la alcaldía de Bogotá , en unas elecciones calificadas por el Registro Civil Nacional como "las más pacíficas de la historia reciente". López se casó con la senadora Angélica Lozano Correa en diciembre de 2019. Además, dos personas abiertamente LGBT fueron electas al Congreso : Andrés Cancimance reprimiendo a Putumayo y Oriana Zambrano en representación de La Guajira . Varios candidatos también fueron elegidos como concejales locales en Cali , Medellín , San Rafael , Pereira y más.

Varios festivales y eventos atienden a la comunidad LGBT. Estos incluyen desfiles del orgullo gay en Bogotá , Medellín , Cali , Barranquilla , Bucaramanga , Cúcuta y Sincelejo , entre otros. Otros eventos son el Festival de Rumores en Cartagena , un festival de música que se lleva a cabo en junio, y la Fiesta de Halloween de Bogotá. El Carnaval de Barranquilla , uno de los carnavales más grandes del mundo, incluye un desfile gay. A lo largo de los años, se han establecido varios otros medios que atienden a la comunidad LGBT, incluida la aparición de nuevas publicaciones en línea de cara al público como OutinColombia.com y egoCity Magazine .

Tabla de resumen

Actividad sexual entre personas del mismo sexo legal sí (Desde 1981)
Igualdad de edad de consentimiento (14) sí
Leyes contra la discriminación en todos los ámbitos (empleo, bienes y servicios, etc.) sí (Desde 2011)
Derecho a expresar afecto en público sí (Protegido por sentencia del Tribunal Constitucional)
Matrimonios del mismo sexo sí (Desde 2016)
Reconocimiento de parejas del mismo sexo sí (Desde 2007)
Reconocimiento de matrimonios del mismo sexo en el extranjero sí (Desde 2016)
Adopción de hijastros por parejas del mismo sexo sí (Desde 2014)
Adopción conjunta por parejas del mismo sexo sí (Desde 2015)
Adopción por personas solteras LGBT sí (Desde 2012)
Paternidad automática para ambos cónyuges después del nacimiento sí (Desde 2015)
A las personas LGB se les permite servir abiertamente en el ejército sí (Desde 1999)
A las personas transgénero se les permite servir abiertamente en el ejército sí (Desde 2015)
Espacio "neutral" o en blanco con respecto al género en los certificados de nacimiento sí (Desde 2015)
Derecho a cambiar de género legal sí
Derecho a cambiar de género legal sin evaluaciones psiquiátricas o físicas sí (Desde 2015)
Terapia de conversión prohibida en menores No
Acceso a la FIV para lesbianas sí
Subrogación comercial para parejas de hombres homosexuales sí
HSH autorizados a donar sangre sí (Desde 2012)

Ver también

Referencias

enlaces externos