Jus tractatuum - Jus tractatuum

Jus tractatuum (o, a veces, jus tractandi ) es un término latino jurídico comúnmente utilizado en el derecho internacional público y el derecho constitucional que se refiere al derecho a celebrar tratados . Por lo general, en inglés se lo conoce como poder para celebrar tratados . Según se define en el artículo 6 de la Convención de Viena sobre el derecho de los tratados , todo Estado tiene la capacidad de celebrar tratados. Las organizaciones internacionales, así como las entidades subnacionales de los estados federales, también pueden tener poder para firmar tratados. El jus tractatuum está vinculado al concepto de personalidad jurídica internacional .

Organizaciones internacionales

Las organizaciones internacionales también suelen tener el poder de celebrar tratados. Un ejemplo notable es la Unión Europea , que ha celebrado varios acuerdos de libre comercio . La Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados entre Estados y Organizaciones Internacionales o entre Organizaciones Internacionales tiene como objetivo ser una extensión de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados y se ocupa de los tratados entre uno o más Estados y una o más organizaciones internacionales y entre organizaciones internacionales. . Sin embargo, esta Convención de Viena aún no ha entrado en vigor en 2013 debido al número insuficiente de ratificaciones. Uno de los casos más extensos sobre el poder de celebración de tratados de las organizaciones internacionales es la Opinión Consultiva de la Corte Internacional de Justicia titulada Reparación por daños sufridos al servicio de las Naciones Unidas , que detalla la relación entre soberanía y obligación de pagar una reparación. , así como los criterios para determinar la personalidad jurídica internacional.

Estados federales

Los estados federados , como parte de un estado federal (soberano) , por lo general no tienen el poder de concluir tratados, lo cual está determinado por la constitución federal. Por ejemplo, la Cláusula de Contrato de la Constitución de los Estados Unidos prohíbe explícitamente a los estados de Estados Unidos celebrar tratados. La Constitución de México también prohíbe a sus estados hacer tratados. Por otro lado, la Constitución de Bélgica, por ejemplo, otorga a sus comunidades y regiones el poder de celebrar tratados. Los Länder de Alemania y Austria y los cantones de Suiza pueden celebrar tratados dentro de sus respectivas competencias.

Referencias

Ver también