John Austin (filósofo jurídico) - John Austin (legal philosopher)

John Austin
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Nació ( 03/03/1790 )3 de marzo de 1790
Molino Creeting, Suffolk
Murió 1 de diciembre de 1859 (01/12/1859)(69 años)
Era Filosofía del siglo XIX
Región Filosofía occidental
Colegio Positivismo jurídico
Intereses principales
Filosofía jurídica
Ideas notables
Crítica de la ley natural
Influencias
Influenciado

John Austin (3 de marzo de 1790 - 1 de diciembre de 1859) fue un teórico del derecho inglés que influyó póstumamente en el derecho británico y estadounidense con un enfoque analítico de la jurisprudencia y una teoría del positivismo jurídico . Austin se opuso a los enfoques tradicionales de la " ley natural ", argumentando en contra de cualquier necesidad de conexiones entre la ley y la moralidad. Los sistemas legales humanos, afirmó, pueden y deben estudiarse de manera empírica y sin valores.

Vida y obra

Austin nació el 3 de marzo de 1790 en Creeting St Mary en el actual distrito de Mid Suffolk , como el hijo mayor de un molinero acomodado.

Después de pasar cinco años en el ejército durante las Guerras Napoleónicas, Austin se dedicó a la abogacía y pasó siete infelices años ejerciendo en el Colegio de Abogados de la Cancillería. En 1819, se casó con Sarah Taylor y se convirtió en vecino y amigo cercano de Jeremy Bentham , James y John Stuart Mill . Principalmente a través de la influencia de Bentham, Austin fue nombrado profesor de Jurisprudencia en la recién fundada Universidad de Londres en 1826. Sin embargo, las conferencias de Austin no fueron muy concurridas y renunció a su puesto universitario en 1834.

A partir de entonces, aparte de dos períodos en comisiones gubernamentales, Austin vivió en gran parte de las ganancias de su esposa Sarah Austin como escritora y traductora. Atormentado por la mala salud, la depresión y las dudas sobre sí mismo, Austin escribió poco después de la publicación de su obra principal, The Province of Jurisprudence Determined (1832). Este trabajo fue ignorado en gran medida durante la vida de Austin, pero se volvió influyente después de su muerte, cuando su viuda publicó una segunda edición en 1861. Un segundo libro, Lectures on Jurisprudence , fue elaborado por ella a partir de las notas de Austin y publicado en 1863.

John Austin murió el 1 de diciembre de 1859 en Weybridge . Su única hija, Lucie , se convirtió más tarde en Lady Duff-Gordon.

Positivismo jurídico

El objetivo de Austin era transformar la ley en una ciencia verdadera. Para hacer esto, creía que era necesario purgar el derecho humano de todas las nociones moralistas y definir conceptos legales clave en términos estrictamente empíricos. La ley, según Austin, es un hecho social y refleja relaciones de poder y obediencia. Esta doble visión, que (1) la ley y la moralidad están separadas y (2) que todas las leyes ("positivas") creadas por el hombre se remontan a los legisladores humanos, se conoce como positivismo legal. Basándose en gran medida en el pensamiento de Jeremy Bentham, Austin fue el primer pensador legal en elaborar una teoría positivista del derecho completamente desarrollada.

Austin sostiene que las leyes son reglas, que él define como un tipo de mandato. Más precisamente, las leyes son mandatos generales emitidos por un soberano a miembros de una sociedad política independiente, y respaldados por amenazas creíbles de castigo u otras consecuencias adversas ("sanciones") en caso de incumplimiento. El soberano en cualquier ordenamiento jurídico es la persona o grupo de personas a las que habitualmente obedece el grueso de la población, que habitualmente no obedece a nadie más. Una orden es un deseo declarado de que se haga algo, emitido por un superior y acompañado de amenazas en caso de incumplimiento. Tales mandatos dan lugar a obligaciones legales a obedecer. Tenga en cuenta que todos los conceptos clave de este relato (ley, soberano, mandato, sanción, deber) se definen en términos de hechos sociales empíricamente verificables. Ningún juicio moral, según Austin, es nunca necesario para determinar cuál es la ley, aunque, por supuesto, se debe consultar la moralidad para determinar cuál debería ser la ley. Austin, como utilitarista, creía que las leyes deberían promover la mayor felicidad de la sociedad.

Crítica

Aunque el tipo de positivismo legal de Austin fue muy influyente a finales del siglo XIX y principios del XX, hoy en día se lo considera demasiado simplista. Críticos como HLA Hart han acusado que la cuenta de Austin no reconoce que:

  • Los poderes legislativos están dispersos en muchas sociedades modernas y es difícil identificar un "soberano" en el sentido de Austin.
  • La mayoría de los sistemas legales incluyen reglas que no imponen sanciones, pero facultan a los funcionarios o ciudadanos para hacer ciertas cosas (como redactar testamentos) o especificar formas en que las reglas legales pueden ser identificadas o cambiadas.
  • Esas amenazas no generan obligaciones. Si lo hicieran, no habría una diferencia esencial entre la amenaza de un pistolero ("Tu dinero o tu vida") y una ley ordinaria.

Referencias

Otras lecturas

  • Hart, HLA (2012). El concepto de derecho, 3ª ed . Oxford: Clarendon Press.
  • Morison, WL (1982). John Austin . Stanford: Prensa de la Universidad de Stanford.
  • Rumble, Wilfred E. (1985). El pensamiento de John Austin: jurisprudencia, reforma colonial y la constitución británica . Londres: Athlone Press.

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