Jurisdicción real - In rem jurisdiction

La jurisdicción real ("poder sobre o contra 'la cosa ' ") es un término legal que describe el poder que un tribunal puede ejercer sobre la propiedad (ya sea real o personal ) o un "estado" contra una persona sobre la que el tribunal no tiene en jurisdicción personam . La jurisdicción real asume que la propiedad o el estado es el objeto principal de la acción, en lugar de las responsabilidades personales no necesariamente asociadas con la propiedad.

Estados Unidos

Dentro del sistema judicial federal de los EE. UU. , La jurisdicción real generalmente se refiere al poder que un tribunal federal puede ejercer sobre grandes bienes inmuebles o bienes inmuebles ubicados dentro de la jurisdicción del tribunal. La circunstancia más frecuente en la que esto ocurre en el ordenamiento jurídico angloamericano es cuando se entabla una demanda en derecho de almirantazgo contra una embarcación para saldar deudas derivadas de la operación o uso de esa embarcación.

Dentro de los sistemas de tribunales estatales estadounidenses , la jurisdicción real puede referirse al poder que el tribunal estatal puede ejercer sobre los bienes inmuebles o los bienes muebles o el estado civil de una persona . Los tribunales estatales tienen el poder de determinar la propiedad legal de cualquier propiedad inmueble o personal dentro de los límites del estado.

Un derecho real o un juicio real vincula al mundo en contraposición a los derechos y juicios inter partes que solo unen a los involucrados en su creación.

Originalmente, la noción de jurisdicción real surgió en situaciones en las que se identificaba la propiedad pero se desconocía al propietario. Los tribunales cayeron en la práctica de diseñar un caso no como "John Doe, propietario desconocido de (propiedad)", sino simplemente como "Ex Parte (propiedad)" o tal vez el incómodo "Estado contra (propiedad)", generalmente seguido de un notificación por publicación que solicite a los reclamantes que tengan el título de la propiedad; ver ejemplos a continuación. Este último estilo es incómodo porque en la ley, solo una persona puede ser parte en un procedimiento judicial - de ahí el estilo más común en personam - y una no persona al menos tendría que tener un tutor designado para representar sus intereses, o aquellos del propietario desconocido.

El uso de este tipo de jurisdicción en casos de decomiso de activos es controvertido porque se ha utilizado cada vez más en situaciones en las que se conoce a la parte en posesión, que según los estándares históricos del derecho consuetudinario lo convertiría en el presunto propietario, y sin embargo, la fiscalía y el tribunal presumen que no es el propietario y procede en consecuencia. Este tipo de proceso se ha utilizado para incautar grandes sumas de dinero en efectivo de personas que se presume que obtuvieron el dinero ilegalmente debido a la gran cantidad, a menudo en situaciones en las que la persona pudo probar que estaba en posesión legal de él, pero se vio obligada a hacerlo. gastar más en honorarios legales para hacerlo que en la cantidad de dinero que se pierde.

Ejemplos de

Algunos ejemplos de casos reales :

Canadá

Los ejemplos canadienses de real tienden a involucrar la ley del almirantazgo . El Parlamento canadiense tiene la autoridad exclusiva para legislar sobre la navegación y el transporte marítimo de conformidad con la sección 91 (10) de la Ley de la Constitución de 1867 . La Ley de Tribunales Federales otorga al Tribunal Federal jurisdicción sobre estos asuntos, y puede ejercerse real contra el barco, la aeronave u otra propiedad que sea objeto de la acción, o contra cualquier producto de su venta que haya sido pagado en el tribunal.

La jurisdicción del Tribunal Federal en materia de almirantazgo se aplica a todos los barcos y aeronaves, independientemente de que los propietarios sean canadienses, y a las reclamaciones que surjan en aguas navegables de forma natural o artificial, y en el caso de salvamento, carga y naufragios encontrados en las costas. Según la ley, la jurisdicción de la Corte Federal en la sección 22 se puede ejercer in personam , así, excepto en casos de colisiones entre barcos. En ese caso, se aplica el artículo 43 (4) de la Ley de tribunales federales . Establece que las acciones solo pueden iniciarse en un Tribunal Federal si el acusado tiene una residencia o lugar de trabajo en Canadá, la causa de la acción surgió en aguas canadienses o las partes han acordado que el Tribunal Federal tiene jurisdicción. Esto no se aplica en contrademandas o acciones en las que ya se ha iniciado alguna otra acción en el Tribunal Federal.

En algunas de las bases de jurisdicción enumeradas en la sección 22 de la Ley, el derecho a ejercer jurisdicción real se limita a situaciones en las que el beneficiario final del sujeto de la acción cuando se inicia el asunto era el beneficiario final cuando la causa de surgió la acción.

El artículo 43 (7) de la Ley de tribunales federales crea una excepción cuando no se pueden iniciar acciones reales . La sección establece que no se puede iniciar ninguna acción en Canadá contra ningún buque de guerra, buque guardacostas o buque policial; cualquier barco que sea propiedad de Canadá o una provincia o que sea operado por este, o cualquier carga que se cargue en el mismo, cuando el barco se dedique al servicio gubernamental; o cualquier barco de propiedad u operado por una potencia soberana que no sea Canadá, o cualquier carga cargada en el mismo, con respecto a cualquier reclamo donde, en el momento en que surja el reclamo o se inicie la acción, el barco se esté utilizando exclusivamente para fines gubernamentales no comerciales. propósitos.

Se puede emitir una orden para el arresto de un barco extranjero, siempre que el barco esté dentro de la jurisdicción territorial del tribunal.

Una acción real no necesariamente da lugar a una sentencia real, ya que el propietario del barco puede comparecer personalmente y, por lo tanto, someterse a la jurisdicción del tribunal. Este suele ser el caso cuando el demandante amenaza con arrestar al res y el propietario hace los arreglos necesarios para que se le otorgue una fianza u otra garantía. Cuando el propietario presenta una comparecencia, la acción real se convierte en una en persona y la responsabilidad del acusado no se limita al valor de la res o al monto de la fianza o fianza que haya entregado. Sin embargo, un demandante, después de haber arrestado un buque, tiene derecho a una garantía por una cantidad suficiente para cubrir el mejor de los casos razonablemente discutible, junto con intereses y costos, con un tope al valor del buque infractor. Los importantes recursos disponibles en el Tribunal Federal para asegurar los activos en espera de la resolución de una disputa y para operar in rem pueden ser importantes para sopesar la idoneidad de foros alternativos en una moción de suspensión basada en forum non conveniens .

Los tribunales canadienses no considerarán acciones contra barcos extranjeros en puertos canadienses que busquen volver a litigar asuntos ya decididos por los tribunales competentes, pero la autoridad de los tribunales canadienses para emitir gravámenes marítimos sobre los barcos detenidos en aguas canadienses no se verá afectada por las órdenes de los tribunales canadienses de quiebras. el producto de la venta se pagará a fideicomisarios extranjeros. Los tribunales canadienses pueden ejercer su discreción para declinar la jurisdicción sobre reclamaciones de salarios cuando el representante acreditado del estado al que pertenece el barco se opone al ejercicio de la jurisdicción. El tribunal no puede adquirir jurisdicción por consentimiento de las partes si existe una ausencia absoluta de jurisdicción con respecto al asunto en cuestión.

Ejemplos de

Algunos ejemplos de casos reales canadienses :

porcelana

Según el profesor Jianfu Chen de la Universidad de La Trobe , "oficialmente, la redacción de la Ley de derechos reales de 2007 comenzó en 1993, ... [pero] los derechos reales siempre han formado parte del esfuerzo por redactar un código civil en el PRC ". "Los derechos reales se definen como los derechos del titular del derecho a controlar directa y exclusivamente cosas específicas (propiedad); incluye derechos de propiedad, usufructo y garantías reales sobre la propiedad".

Ver también

Referencias