Criterio de propósito general - General-purpose criterion

El criterio de propósito general es un concepto importante en el derecho internacional que rige ampliamente los acuerdos internacionales con respecto, por ejemplo, a las armas biológicas y químicas . Si bien el término no se encuentra en dichos acuerdos, se "usa regularmente" para describir el carácter integral de las prohibiciones relativas a todas las armas biológicas y químicas.

Alcance

El alcance del criterio de uso general rige ampliamente el propósito de los agentes biológicos y químicos en contraposición a los objetos específicos. Por tanto, las prohibiciones según el criterio no se limitan a una lista específica, sino que abarcan todas las armas biológicas y químicas. Garantiza que estas prohibiciones sigan siendo pertinentes independientemente de los futuros desarrollos científicos y tecnológicos, y que abarcan incluso agentes y toxinas actualmente desconocidos que pueden emplearse como armas.

Ejemplo de la Convención sobre Armas Biológicas

La Convención sobre Armas Biológicas (BWC) de 1975 incorpora el criterio de propósito general en su Artículo I (resaltado para enfatizar), que establece que: "Cada Estado Parte de esta Convención nunca se compromete en ninguna circunstancia a desarrollar, producir, almacenar o adquirir o retener: (1) agentes microbianos u otros agentes biológicos, o toxinas, cualquiera que sea su origen o método de producción, de tipos y en cantidades que no tengan justificación para fines profilácticos, protectores u otros fines pacíficos ".

Por lo tanto, el artículo I se aplica a todos los avances científicos y tecnológicos cuyo uso previsto sea incompatible con los objetivos de la Convención sobre armas biológicas. Por lo tanto, cubre los desarrollos en todas las ciencias de la vida y otros campos científicos de relevancia para la BWC, incluidos campos como la microbiología, la ingeniería genética, la biotecnología, la biología molecular y otros.

Ver también

Referencias