Daimler AG contra Bauman - Daimler AG v. Bauman

Daimler AG contra Bauman
Sello de la Corte Suprema de Estados Unidos
Disputado el 15 de octubre de 2013
Decidido el 14 de enero de 2014
Nombre completo del caso DaimlerChrysler AG, Peticionario c. Barbara Bauman, et al.
Expediente no. 11-965
Citas 571 US 117 ( más )
134 S. Ct. 746; 187 L. Ed. 2d 624; 2014 US LEXIS 644; 82 USLW 4043
Argumento Argumento oral
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Historia del caso
Anterior Reclamaciones de los demandantes desestimadas, Distrito Norte de California ; afirmado, 579 F.3d 1088 ( 9º Cir. 2009); revocado en la nueva audiencia, 644 F.3d 909 (9th Cir. 2011); repetición en banco denegada, 676 F.3d 774 (9 ° Cir. 2011).
Participación
Daimler no puede ser demandado en California por lesiones supuestamente causadas por la conducta de su subsidiaria argentina cuando esa conducta tuvo lugar completamente fuera de los Estados Unidos.
Membresía de la corte
Juez presidente
John Roberts
Jueces asociados
Antonin Scalia   · Anthony Kennedy
Clarence Thomas   · Ruth Bader Ginsburg
Stephen Breyer   · Samuel Alito
Sonia Sotomayor   · Elena Kagan
Opiniones de casos
Mayoria Ginsburg, junto con Roberts, Scalia, Kennedy, Thomas, Breyer, Alito, Kagan
Concurrencia Sotomayor
Leyes aplicadas
Estatuto de Extranjería por Daños; Ley de protección de las víctimas de la tortura de 1991

Daimler AG v. Bauman , 571 US 117 (2014), es un caso de la Corte Suprema de los Estados Unidos en el que la Corte respondió si un tribunal estadounidense puede ejercer jurisdicción sobre una empresa extranjera basándose en el hecho de que una subsidiaria de la empresa actúa en su nombre. en el estado jurisdiccional. El tribunal sostuvo que una empresa estadounidense no puede ser demandada por conductas que ocurren fuera de los Estados Unidos y que los tribunales estadounidenses no tienen jurisdicción sobre tal reclamo.

Antecedentes

Daimler Aktiengesellschaft es un fabricante de automóviles con sede en Stuttgart, Alemania , propietario de Mercedes-Benz y sus filiales en todo el mundo, incluso en Estados Unidos y Argentina. Durante la Guerra Sucia en Argentina, se desarrolló un conflicto laboral en la planta de Mercedes-Benz en González Catán . Mercedes-Benz denunció a los líderes laborales como "subversivos" a la junta militar de derecha, tenía fuerzas de la junta estacionadas dentro de la fábrica y permitió que la junta realizara redadas contra los trabajadores. Durante la disputa, veintidós líderes sindicales fueron secuestrados, torturados y asesinados. Posteriormente, el jefe de policía responsable de las "desapariciones" fue contratado como jefe de seguridad de Mercedes-Benz Argentina y la empresa brindó su defensa legal contra las acusaciones de abuso de derechos humanos.

Veinte años después, el papel de Mercedes-Benz en la Guerra Sucia de Argentina llamó la atención de los medios alemanes. DaimlerChrysler AG respondió a las acusaciones contra su subsidiaria contratando al profesor Christian Tomuschat para realizar una investigación. Amnistía Internacional criticó sus conclusiones exculpatorias .

En 2004, los sobrevivientes demandaron a DaimlerChrysler AG en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Norte de California alegando que las actividades de su subsidiaria durante la Guerra Sucia de Argentina dieron lugar a reclamos bajo el Estatuto de Extranjería , la Ley de Protección de Víctimas de Tortura y la ley de responsabilidad civil del estado de California . El juez de distrito Ronald M. Whyte desestimó la demanda por falta de jurisdicción personal y consideró que, según la ley de agencia , la subsidiaria de propiedad total de DaimlerChrysler, Mercedes-Benz USA, no es un agente de su propietario, y que no sería razonable ejercer la jurisdicción directamente. sobre DaimlerChrysler. Los demandantes apelaron.

Ante la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito de los Estados Unidos , la jueza principal de circuito Dorothy Wright Nelson , acompañada por la jueza de circuito Mary M. Schroeder , afirmó, y el juez Stephen Reinhardt expresó su desacuerdo. Los demandantes solicitaron una nueva audiencia y, nueve meses después, el tribunal concedió la nueva audiencia, anuló su opinión anterior y programó el caso para un nuevo argumento.

Sin embargo, el tribunal luego canceló el argumento y en su lugar emitió una nueva opinión, escrita por el juez Reinhardt, que llegó a lo contrario de su conclusión anterior. El panel de tres jueces revocó por unanimidad el tribunal de distrito, encontrando que Mercedes-Benz USA era efectivamente un agente de DaimlerChrysler y que el ejercicio de la jurisdicción personal sobre DaimlerChrysler era razonable "bajo las circunstancias de este caso". El Noveno Circuito luego negó la petición de DaimlerChrysler de una nueva audiencia en banc , y el juez Diarmuid O'Scannlain autorizó un disenso junto con otros siete jueces.

DaimlerChrysler (para entonces rebautizada como Daimler AG) solicitó un auto de certiorari de la Corte Suprema de los Estados Unidos y la petición fue concedida. El caso fue argumentado el 15 de octubre de 2013, y el fiscal general adjunto Edwin Kneedler apareció como amigo en apoyo de Daimler.

Opinión de la Corte

La Corte Suprema revocó por unanimidad, y la jueza Ruth Bader Ginsburg escribió para la Corte: " Sostenemos que los ejercicios de jurisdicción personal tan exorbitantes están prohibidos por las limitaciones del debido proceso ". El juez Ginsburg, en una opinión a la que se sumaron otros siete jueces, comienza rastreando la historia jurisprudencial de la jurisdicción in personam , comenzando con los rígidos límites territoriales de Pennoyer v. Neff (1878). El Tribunal consideró que International Shoe Co.v.Washington (1945) reconoció posteriormente la distinción entre jurisdicción específica, que incluye solo la conducta específica que conecta al acusado con el territorio, y jurisdicción general, que incluye todos los actos del acusado en cualquier lugar, y Ginsburg termina la historia con su reciente advertencia de ejercer la jurisdicción general solo cuando la acusada está “esencialmente en casa” en el foro de Goodyear Dunlop Tires Operations, SA v. Brown (2011).

El Tribunal concluye que "en ningún caso" puede sostenerse la teoría de la agencia de Reinhardt. Al señalar que incluso el escrito de los demandantes se había distanciado de la lógica de Reinhardt, la Corte adopta en gran medida las críticas de los jueces del Noveno Circuito que disienten de la denegación de una nueva audiencia en banc . La Corte llega incluso a enfatizar que la formulación de Reinhardt "apila el mazo" y siempre tendría el mismo resultado de ejercer jurisdicción.

El Tribunal luego va más allá, escribiendo: "Incluso si asumiéramos que MBUSA está en casa en California, y además asumiéramos que los contactos de MBUSA son imputables a Daimler, todavía no habría base para someter a Daimler a la jurisdicción general en California". Daimler no podría estar sujeto a jurisdicción general en California porque la actividad de su agente en California simplemente establecería una jurisdicción específica en California. El juez Ginsburg rechaza la afirmación del juez Sotomayor de que el tribunal había optado por decidir un asunto que no se argumenta a continuación, escribiendo, "la pregunta abarca justamente una investigación" sobre la relación de agencia. El Tribunal implica entonces que una corporación sólo puede estar "en casa" y sujeta a la jurisdicción general donde está constituida o donde tiene su lugar principal de negocios.

Por último, la Corte observa que casos recientes han dejado "débiles" las denuncias federales por violaciones de derechos humanos. Además, la Corte da peso a la sugerencia del Procurador General de que la "compenetración internacional" puede resultar dañada cuando las cortes estadounidenses escuchan las fechorías extranjeras de corporaciones extranjeras.

Concurrencia en el juicio

La jueza Sonia Sotomayor solo coincidió en el juicio. Sotomayor estuvo de acuerdo en que la opinión de Reinhardt está claramente equivocada y sugiere que la jurisdicción personal es simplemente irrazonable porque Alemania tiene un interés mucho mayor en resolver la disputa. Sotomayor consideró errónea la opinión de la Corte en "tanto el proceso como el fondo". Desde el punto de vista procesal, Sotomayor argumentó que Ginsburg se desvió de la pregunta resumida al asumir la relación de agencia de Mercedes Benz USA en ausencia de un expediente de hechos adecuado a continuación. En esencia, Sotomayor argumentó que limitar efectivamente la jurisdicción general al lugar principal de negocios favorece inherentemente a las empresas más grandes, lo que hace que las corporaciones multinacionales sean "demasiado grandes para la jurisdicción general".

Esto, en su opinión, generó múltiples injusticias. Es injusto utilizar la Constitución para limitar la prerrogativa soberana de los estados sobre el ejercicio de la jurisdicción de sus tribunales. Es injusto para las pequeñas empresas que estarán sujetas a la jurisdicción general del Estado, mientras que sus competidores multinacionales no lo estarán. Es injusto para los individuos porque cuando visita un estado, una persona natural puede recibir un proceso y quedar sujeta a la jurisdicción general, mientras que una persona ficticia no puede hacerlo, incluso si esa persona ficticia es una corporación multinacional que tiene empleados permanentes en el estado. Finalmente, Sotomayor considera que el enfoque singular de la Corte es injusto porque el resultado de limitar la jurisdicción general es cerrar la puerta del tribunal, lo que inevitablemente beneficia a los malhechores a costa de aquellos a quienes han hecho mal.

Reacción

Durante una entrevista, Linda Greenhouse le preguntó al juez Sotomayor sobre su concurrencia en la sentencia, señalando que "usted no tiró de sus golpes", a lo que el juez respondió "los malos hechos hacen mala ley" y que ella sintió que necesitaba llamar la atención sobre "la peligros del camino en el que se encuentra la Corte ".

Los académicos concluyeron que la opinión de la Corte "constituye una desviación radical del derecho establecido" y que "la Corte ha limitado severamente el alcance de la jurisdicción general de una manera que hubiera sido sorprendente hace apenas cuatro años". En un simposio sobre el caso, los académicos pronunciaron el "fin de una era", alentaron el regreso al estándar internacional del calzado o identificaron la necesidad de una nueva legislación.

En sus decisiones de 2017 en BNSF Railway Co.v.Tyrrell y Bristol-Myers Squibb Co.v.La Corte Superior , la Corte Suprema reafirmó su adhesión a las limitaciones jurisdiccionales reconocidas en Daimler .

Referencias


enlaces externos